Autorización de funcionamiento de centro de conciliación

Base Legal: Artículo 27º de la ley N.º 26872 - ley de conciliación. Articulos 47º y 53º del reglamento de la ley Nº 26872, aprobado por D.S. 014-2008-JUS.

Requisitos

Solicitud (formulario) Copia simple de la constancia de inscripción en Registros Públicos o documento en el que conste la creación de la persona jurídica. Copia simple del Estatuto o documento que contenga los fines u objetivos de la persona jurídica, debiendo estar señalado entre otros, el ejercicio de la función conciliadora. Copia simple del Acta de Asamblea de Asociados o el documento de similar rango, en el que consten los siguientes acuerdos: Constitución del Centro de Conciliación, en la que deberá adoptarse la denominación, y de ser el caso la abreviatura. Funciones del Centro de Conciliación, la designación de cargos directivos, forma de elección y periodo de ejercicio en el cargo. Nombre del representante legal o el más alto cargo directivo de la persona jurídica. Aprobación del Reglamento del Centro de Conciliación, de acuerdo al formato tipo aprobado por el MINJUS. Horario de atención debidamente suscrito por el representante legal de la persona jurídica. La relación de dos (2) Conciliadores Extrajudiciales y de un (1) abogado verificador de la legalidad de los acuerdos, como mínimo. Registro de firmas y sellos que utilizarán en el ejercicio de sus funciones, los integrantes del Centro de Conciliación, así como del sello de expedición de copias certificadas de actas de conciliación. Croquis de ubicación y de distribución de las instalaciones del Centro de Conciliación, debiendo tener como mínimo la siguiente distribución: Un (1) ambiente para la sala de espera y recepción. Una (1) oficina administrativa. Un (1) servicio higiénico. Una (1) sala de audiencias cuyas dimensiones serán de tres (3) metros de ancho y tres (3) metros de largo, aproximadamente. Declaración Jurada de carecer de antecedentes penales suscrita por los integrantes del Centro de Conciliación. Pago por derecho de trámite

Modalidad: Presencial

Silencio Positivo - 7 DÍAS A PARTIR DE LA FECHA DE INSPECCIÓN. Cuando transcurrido el plazo la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como aprobado.