Sistema de Control Interno

Es el conjunto de acciones, actividades, planes, políticas, normas, registros, organización, procedimientos y métodos, incluyendo las actitudes de las autoridades y el personal, organizados y establecidos en cada entidad del Estado.

Su estructura, componentes, elementos y objetivos esta regulados por la Ley N° 28716 y la Directiva N° 006-2019-CG/INTEG “Implementación del Sistema de Control Interno en las Entidades del Estado”, aprobada mediante la Resolución de Contraloría N° 146-2019-CG y modificatoria.

Objetivos

  • Cuidar y resguardar los recursos y bienes del Estado, contra todo hecho perjudicial que pudiera afectarlos.
  • Garantizar la confiabilidad y la oportunidad de la información.
  • Promover que los funcionarios y los servidores públicos cumplan con rendir cuentas por los fondos y los bienes públicos que administra.
  • Cumplir la normatividad aplicable a la entidad y sus operaciones.
  • Fomentar e impulsar la práctica de valores institucionales.

Responsables

  • Titular de la entidad, máxima autoridad jerárquica institucional.

Responsable de la implementación

En el Gobierno Nacional, la Secretaría General o la que haga sus veces, que coordina la planificación, la ejecución, el seguimiento y la evaluación del Sistema de Control Interno.

Participan en la implementación

Responsables del diseño o ejecución de los productos misionales priorizados y las áreas de soporte relevantes (planificación, presupuesto, logística, contrataciones, recursos humanos, comunicaciones, integridad pública entre otros), quienes participan acorde a sus competencias funcionales.