Proceso de evaluación y selección de los peritos judiciales

El trámite es informativo y cuesta {179.20}.

Observaciones a tener en cuenta al realizar el trámite:
Se encuentran exonerados de pago:

  • En procesos penales:
    • Las solicitudes para rehabilitación y expedientes sentenciados con reos en cárcel o libres y para quienes tienen como abogado a un defensor de oficio dependiente del Ministerio de Justicia.
    • Los procesos donde se traten temas vinculados a la prestación de alimentos (alimentos, exoneración de alimentos, prorrateo de alimentos, omisión a la asistencia familiar), siempre y cuando quien lo solicite sea la persona beneficiaria de la pensión alimenticia, en concordancia con las disposiciones establecidas en el Cuadro de Aranceles Judiciales vigente.
  • En materia laboral:
    • Procesos laborales, acciones de garantías constitucionales y contencioso administrativo (salvo lo preceptuado en el Art. décimo séptimo de la R.A.Nª 077-2015-CE-PJ) y/o previsionales las solicitudes presentadas por los trabajadores, ex trabajadores y/o sus sucesores, en concordancia con las disposiciones establecidas en el Cuadro de Aranceles Judiciales vigente. De ser necesario, el Archivo podrá solicitar copia del cargo de archivamiento para facilitar la ubicación del expediente.

Requisitos

  • Solicitud dirigida por el profesional o especialista propuesto dirigida al Presidente de la Corte Superior conteniendo tu CV documentado, que acredite experiencia mínima de 5 años. 
  • Comprobante de pago emitido por el Banco de La Nación, por derecho de examen de selección. 
  • Copia autenticada de título profesional o técnico.
  • Constancia de colegiatura o habilitación correspondiente.
  • Declaración jurada de no tener antecedentes penales, judiciales, ni impedimento legal para el ejercicio profesional, ni para desempeñarse como perito judicial.

Modalidad: Presencial

Inicio del trámite

Mesa de Partes Administrativa de la Corte Superior de Justicia o Mesa de Partes de la Oficina de Registro de Peritos Judiciales (REPEJ).

Calificación: Automática por 30 días hábiles.

Cuando el cumplimiento de los requisitos solicitados es suficiente para dar por cumplido el trámite o servicio solicitado.  Inicio del Trámite: