Adjudicación de mercancías

Dirección: Av. Garcilaso de la Vega N° 1472

Teléfono: 315 3300

Correo: webmaster@sunat.gob.pe

Costo: GRATUITO

Requisitos

  • Para la suscripción del formato de solicitud (anexo 1 de la norma n° 07-2013-sunat/4g0000), se aplican las disposiciones siguientes:
    • Las solicitudes de las entidades del poder ejecutivo, poder legislativo, poder judicial, organismos públicos descentralizados y organismos constitucionalmente autónomos son suscritas por: la máxima autoridad de la entidad o por el jefe de la oficina de administración o quien haga sus veces, la máxima autoridad de la dependencia descentralizada, el director regional que representa una entidad del estado.
    • Las solicitudes de las instituciones educativas estatales son suscritas por: el director de la institución educativa y consignan el visto bueno del jefe de la dirección regional de educación o del jefe de la unidad de gestión educativa local-Ugel, tratándose de universidades estatales por el rector de la universidad.
    • Las solicitudes de las dependencias de las fuerzas armadas y policía nacional del perú son suscritas por: el jefe de la dependencia y por la máxima autoridad militar o policial ubicada en la circunscripción territorial de la dependencia solicitante.
    • Las solicitudes de la iglesia católica son suscritas por: la máxima autoridad eclesiástica de la circunscripción, tratándose de solicitudes formuladas por sus dependencias (parroquias e iglesias), la solicitud debe ser suscrita por su titular y por la máxima autoridad eclesiástica de la circunscripción.
    • Las solicitudes de gobiernos regionales son suscritas por: el presidente del gobierno regional o por el jefe de la oficina de administración o quien haga sus veces.
    • Las solicitudes de gobiernos locales son suscritas por: el alcalde provincial, alcalde distrital o alcalde del centro poblado según corresponda.
    • Las solicitudes de entidades asistenciales, educacionales o religiosas sin fines de lucro oficialmente reconocidas son suscritas por: la máxima autoridad de la institución asistencial, educacional o religiosa. Tratándose de instituciones religiosas distintas a la católica, por la máxima autoridad de la circunscripción.
  • Al formato de solicitud deben adjuntarse los siguientes documentos según sea el caso:
    • Entidades del estado y la iglesia católica:
      • copia del documento de identidad de la persona que suscribe el formato de solicitud, a excepción del DNI.
      • copia del documento que acredite la calidad de titular de la entidad, titular de la oficina de administración o de la representatividad como autoridad máxima de una dependencia descentralizada.
    • Instituciones asistenciales, educacionales o religiosas sin fines de lucro, oficialmente reconocidas:
      • copia del documento de identidad de la persona que suscribe el formato de solicitud, a excepción del DNI.
      • copia de la escritura pública de constitución inscrita en los registros públicos mediante la cual se acredita su finalidad de ser entidad asistencial, educativa o religiosa sin fines de lucro.
      • copia literal de la partida expedida por registros públicos que acredite la vigencia de su calidad de representante legal de la institución. Dicha ficha no debe tener una antigüedad mayor de sesenta (60) días calendario de emitida.
  • En caso de adjudicación de mercancías deterioradas u obsoletas adicionalmente la entidad o institución solicitante debe presentar una declaración jurada del uso de material de reciclaje (según el anexo n° 2 de la norma n° 07-2013-sunat/4g0000) mediante la cual el titular o la persona que suscribió el formato de solicitud se compromete a utilizar dichas mercancías únicamente como material de reciclaje.

La información y los documentos requeridos referidos a la vigencia de poderes y/o designación de representantes legales podrán ser sustituidos, a opción del administrado, por declaración jurada, conforme a lo establecido en el tuo de la ley n° 27444, ley del procedimiento administrativo general.

Modalidad: Online

Inicio del Trámite:

Unidad que evalúa el trámite: Mesas de partes de las diferentes sedes de la sunat.

Informes sobre el estado del Trámite: http://www.sunat.gob.pe/institucional/quienessomos/dependenciasoficinas.html http://www.sunat.gob.pe/institucional/quienessomos/dependenciasoficinas_ad.html http://www.sunat.gob.pe/institucional/contactenos/presencial_aduanas.html

Instancia que resuelve el Trámite: Jefes de las oficinas de soporte administrativo, jefes de las secciones de soporte administrativo y gerente de almacenes.

Base Legal: Decreto Supremo N° 010-2009-ef, reglamento de la ley general de aduanas, artículo 239° y primera disposición complementaria final, publicado el 16.01.2009, y normas modificatorias.

Resolución de Intendencia N° 25-2013/sunat/4g0000 que aprueba la norma N° 07-2013-sunat/4g0000, norma que regula el procedimiento de adjudicación de mercancías, publicado el 03.03.2013, y norma modificatoria.

Observaciones: Anexo 1: formato de solicitud