Resoluciones anticipadas relacionadas con la aplicación de devoluciones, suspensiones, exoneraciones de aranceles aduaneros y reimportación de mercaderías reparadas o alteradas en el marco del acuerdo de promoción comercial suscrito entre Perú y Estados Unidos

Requisitos

  • Formato de solicitud del Anexo 1 del procedimiento DESPA-PE.00.15 (Versión 1).
  • La solicitud debe estar referida a un caso particular que será posteriormente objeto de importación. No procede respecto a casos hipotéticos e ilegales.
  • La presentación se hace con anterioridad a la fecha de importación de la mercancía objeto de la solicitud.
  • Debes registrar la descripción comercial o información técnica necesaria, siguiendo las instrucciones de la cartilla de instrucciones para el llenado de la solicitud de resolución anticipada (Anexo 1).
  • La solicitud puede ser presentada por un importador en territorio peruano, un exportador o productor en territorio del país con el que el Perú ha suscrito un acuerdo comercial, o el representante del importador, exportador o productor, debidamente acreditado acorde a los términos del acuerdo comercial.
  • La solicitud debe ser presentada en idioma castellano. Si está en otro idioma, adjunta una traducción simple.
  • Si eres un exportador o productor, debes consignar en la solicitud el nombre y apellido o denominación o razón social del importador en el país. Si eres un importador, consigna el nombre y apellido o denominación o razón social del exportador o productor del país con el cual el Perú ha celebrado alguno de los acuerdos comerciales.
  • De considerarlo necesario, la administración aduanera podrá requerirte al interesado la presentación de documentos o información adicional, o la precisión de hechos citados por este.

Modalidad: Presencial

Dónde se realiza el trámite:

Dirección: Av. Garcilaso de la Vega N° 1472, Lima.
Teléfono: (01) 315-3300.
Correo: webmaster@sunat.gob.pe.

Silencio negativo: 150 días calendario. Cuando transcurrido el plazo, la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como denegado, quedando el ciudadano en posibilidad de presentar el recurso administrativo correspondiente. 

Inicio del trámite:  Intendencia Nacional de Desarrollo en Innovación Aduanera e Intendencia Nacional de Control Aduanero (ventanilla de trámite documentario) o ante el área de trámite documentario de cualquier dependencia de la Sunat. Puedes consultar las oficinas de trámite documentario de la Sunat.