Solicitud de Levantamiento de inmovilización de mercancías

El levantamiento de inmovilización de mercancías es una medida preventiva mediante la cual la autoridad aduanera ordena que las mercancías permanezcan en un lugar determinado, bajo responsabilidad de quien señale, a fin de someterlas a las acciones de control que estime necesarias.

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Requisitos

  • Nombres y apellidos completos, denominación o razón social del solicitante y, de corresponder, el nombre de su representante legal.
  • Número de registro único de contribuyentes (RUC) o número de documento nacional de identidad (DNI) que corresponda. En el caso que el solicitante sea extranjero, pasaporte, carnet de extranjería, cédula de identidad de los miembros de la comunidad andina de naciones (CAN) o tarjeta andina de migración.
  • Domicilio fiscal o procesal (este último debe ser señalado expresamente como tal y debe encontrarse ubicado en el radio urbano que corresponda a la intendencia de aduana que realizó la intervención).
  • Número del acta de inmovilización-incautación.
  • Documentos que sustenten la solicitud. En caso se presente comprobante de pago u otro documento, especificar qué mercancía se encuentra amparada por éstos.
  • Firma del solicitante, representante legal o, en caso de no saber firmar, la impresión de la huella dactilar.
  • En el caso de personas domiciliadas en el extranjero, se debe contar con un representante legal en el país.
  • En el caso de solicitudes presentadas por terceras personas en representación del solicitante, el poder conferido conforme al artículo 23 del código tributario.
  • Otra documentación que el interesado considere.

Modalidad: Online

Silencio Negativo: El tiempo que dura la inmovilización es de diez (10) días contados a partir de la fecha de efectuada, prorrogable por un plazo igual. Excepcionalmente, la administración aduanera podrá disponer la prórroga, por un plazo máximo de sesenta (60) días.

Inicio del Trámite:

Unidad que evalúa el trámite: Mesa de partes de la superintendencia nacional adjunta de aduanas o de la intendencia de aduana.

Informes sobre el estado del Trámite: Contacto Sunat

Instancia que resuelve el trámite: Cuando es procedente el levantamiento de la inmovilización de mercancías: intendencia nacional de control aduanero: personal aduanero designado de la división de acciones inmediatas y masivas intendencia de aduana marítima del callao: personal aduanero designado de la sección de procedimientos no contenciosos, jefes de las divisiones de manifiestos; de regímenes de perfeccionamiento y temporales; de regímenes de depósito y tránsito; de exportaciones; y de la sección de acciones operativas, según corresponda. Intendencia de aduana aérea y postal: personal aduanero designado de las divisiones de manifiestos; de importaciones; de exportaciones; de regímenes de depósito, tránsito, temporales y de perfeccionamiento; de envíos postales; de envíos de entrega rápida y otros regímenes.

Instancia que resuelve recurso impugnatorio: Gerente de la gerencia de fiscalización y recaudación aduanera de la intendencia nacional de control aduanero. Jefe de la división de controversias de la intendencia de aduana marítima del callao jefe de la división de controversias de la intendencia de aduana aérea y postal. Jefe de la división de controversias de las intendencias de aduanas (tipo 1) de Mollendo, Paita, Puno y Tumbes. Intendente de la intendencias de aduanas (tipo 2) de: Chiclayo, Chimbote, Cusco, Ilo, Iquitos, Pisco, Pucallpa, Puerto Maldonado, Salaverry y Tarapoto. Jefe de la división de controversias de la intendencia de aduana de Tacna. Plazo para presentar el recurso: veinte (20) días hábiles.

Plazo para resolver el recurso: nueve (09) meses.

Base legal: Decreto supremo N.° 10-2009-ef, que aprueba el reglamento de la ley general de aduanas, artículos 9 y 225, y primera disposición complementaria final, publicado el 16.01.2009, y normas modificatorias.

Resolución de intendencia nacional N° 49-2016/Sunat/5f0000 procedimiento específico: inmovilización, incautación y determinación legal de mercancías. Control-pe.00.01 (versión 7), publicada el 05.01.2017.

Observaciones: Solicitud en formato libre.