Solicitar acceso a la información pública
Puedes acceder a la información de las instituciones del Estado según el principio de transparencia, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y el Reglamento de la Ley N°27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información pública.
Las entidades públicas tienen hasta 9 días hábiles para responderte. Si no pueden atenderte en ese tiempo por casos excepcionales (como información difícil de conseguir), tienen 2 días hábiles, contados desde el día que presentaste tu solicitud, para explicarte por qué no pueden atenderte dentro del plazo y darte la fecha en que puedes acercarte a recoger la información.
Los cobros del trámite en el caso de entrega de información física se regulan mediante el Decreto Supremo N° 164-2020.
Ten en cuenta que no puedes solicitar la siguiente información:
- Información que afecte la intimidad personal y/o familiar de otras personas.
- Información que involucre temas de inteligencia y/o seguridad nacional.
- Información clasificada en el ámbito militar.
- Información de negociaciones internacionales.
- Información protegida por el secreto bancario, tributario, comercial, industrial, tecnológico y bursátil.
- Investigaciones en curso de la Administración Pública que se hayan iniciado hace menos de 6 meses sin que se haya dictado una resolución final.
- Información de asesores jurídicos o abogados que puedan revelar la estrategia de la Entidad Pública ante un proceso administrativo o judicial.
- Información señalada por la Constitución o por una Ley aprobada por el Congreso de la República.
Requisitos
(Para el solicitante)
- Voucher ORIGINAL DE PAGO realizado (no se acepta copia, ni foto).
- Todo el personal que va a realizar su trámite, presentar su DNI.
- Personal militar/policial en actividad o retiro, presentar CIP (Carnét de Identidad).
- Licenciados: Libreta militar y/o constancia de servicio militar (ORIGINAL).
- Personal en situación de disponibilidad (FF.AA o PNP).
(Para el Representante del solicitante)
- Voucher ORIGINAL DE PAGO realizado (no se acepta copia, ni foto).
- Carta poder SIMPLE con la FIRMA y HUELLA ORIGINAL del titular (no se aceptará copia).
- Si el TITULAR se encuentra, en el EXTRANJERO, realizar la CARTA PODER a través del CONSULADO.
- 1 foto tamaño carnet o pasaporte de estudio fotográfico o color con fondo blanco (COLOCAR NOMBRE AL REVERSO).
- Copia de DNI del titular.
- Copia de DNI de quien realiza el trámite.
- Copia de carnet (CIP) y/o libreta militar del solicitante.
Modalidad: Online
Hazlo de forma digital:
(En construcción)
También puedes hacerlo presencialmente:
Modalidad: Presencial
Hazlo en 2 pasos:
(Tener en cuenta, si el pago es realizado a través del aplicativo Págalo.Pe, el DNI del titular debe ser IGUAL al que se muestra en el aplicativo.)
1. Realiza el pago
El costo es de S/ 41.30 y se puede realizar de 2 maneras:
- Del aplicativo Págalo.Pe
- Pago realizado en la ventanilla del Banco de la Nación, con el Código: 05363
2. Apersonamiento
- Dirígete a la ventanilla del Fuero Militar Policial, ubicada en Av. Arequipa 324, Cercado de Lima, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 14:00 p. m.
3. Trámite y entrega del Certificado
- Presentar VOUCHER ORIGINAL de pago realizado.