Solicitar acceso a la información pública

Puedes acceder a la información de las instituciones del Estado según el principio de transparencia, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y el Reglamento de la Ley N°27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información pública.

Las entidades públicas tienen hasta 9 días hábiles para responderte. Si no pueden atenderte en ese tiempo por casos excepcionales (como información difícil de conseguir), tienen 2 días hábiles, contados desde el día que presentaste tu solicitud, para explicarte por qué no pueden atenderte dentro del plazo y darte la fecha en que puedes acercarte a recoger la información.

Los cobros del trámite en el caso de entrega de información física se regulan mediante el Decreto Supremo N° 164-2020.

Ten en cuenta que no puedes solicitar la siguiente información:

  • Información que afecte la intimidad personal y/o familiar de otras personas.
  • Información que involucre temas de inteligencia y/o seguridad nacional.
  • Información clasificada en el ámbito militar.
  • Información de negociaciones internacionales.
  • Información protegida por el secreto bancario, tributario, comercial, industrial, tecnológico y bursátil.
  • Investigaciones en curso de la Administración Pública que se hayan iniciado hace menos de 6 meses sin que se haya dictado una resolución final.
  • Información de asesores jurídicos o abogados que puedan revelar la estrategia de la Entidad Pública ante un proceso administrativo o judicial.
  • Información señalada por la Constitución o por una Ley aprobada por el Congreso de la República.

Requisitos

(Para el solicitante)

  • Voucher ORIGINAL DE PAGO realizado (no se acepta copia, ni foto).
  • Todo el personal que va a realizar su trámite, presentar su DNI.
  • Personal militar/policial en actividad o retiro, presentar CIP (Carnét de Identidad).
  • Licenciados: Libreta militar y/o constancia de servicio militar (ORIGINAL).
  • Personal en situación de disponibilidad (FF.AA o PNP).

(Para el Representante del solicitante)

  • Voucher ORIGINAL DE PAGO realizado (no se acepta copia, ni foto).
  • Carta poder SIMPLE con la FIRMA y HUELLA ORIGINAL del titular (no se aceptará copia).
  • Si el TITULAR se encuentra, en el EXTRANJERO, realizar la CARTA PODER a través del CONSULADO.
  • 1 foto tamaño carnet o pasaporte de estudio fotográfico o color con fondo blanco (COLOCAR NOMBRE AL REVERSO).
  • Copia de DNI del titular.
  • Copia de DNI de quien realiza el trámite.
  • Copia de carnet (CIP) y/o libreta militar del solicitante.

Modalidad: Online

Hazlo de forma digital:

(En construcción)

También puedes hacerlo presencialmente:

Modalidad: Presencial

Hazlo en 2 pasos:

(Tener en cuenta, si el pago es realizado a través del aplicativo Págalo.Pe, el DNI del titular debe ser IGUAL al que se muestra en el aplicativo.)

1. Realiza el pago

El costo es de S/ 41.30 y se puede realizar de 2 maneras:

  • Del aplicativo Págalo.Pe
  • Pago realizado en la ventanilla del Banco de la Nación, con el Código: 05363
2. Apersonamiento
3. Trámite y entrega del Certificado
  • Presentar VOUCHER ORIGINAL de pago realizado.