Solicitar acceso a la información pública
Puedes acceder a la información de las instituciones del Estado según el principio de transparencia y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información pública.
Las entidades públicas tienen hasta 10 días hábiles para responderte. Si no pudieran atenderte en ese tiempo por casos excepcionales (como información difícil de conseguir), tienen 2 días hábiles contados desde que presentaste tu solicitud para decirte la fecha en que te puedes acercar a recoger la información y darte los motivos por los que no pueden atenderte dentro del plazo.
Ten en cuenta que no puedes solicitar la siguiente información:
- Información que afecte la intimidad personal y/o familiar de otras personas.
- Información que involucre temas de inteligencia y/o seguridad nacional.
- Información clasificada en el ámbito militar.
- Información de negociaciones internacionales.
- Información protegida por el secreto bancario, tributario, comercial, industrial, tecnológico y bursátil.
- Investigaciones en curso de la Administración Pública que se hayan iniciado hace menos de 6 meses sin que se haya dictado una resolución final.
- Información de asesores jurídicos o abogados que puedan revelar la estrategia de la Entidad Pública ante un proceso administrativo o judicial.
- Información señalada por la Constitución o por una Ley aprobada por el Congreso de la República.
Requisitos
Es importante que tu solicitud contenga un pedido claro y preciso de la información pública que haya sido creada u obtenida por la Contraloría General de la Republica o que se encuentre en su posesión o bajo su control. En caso no sea así, se observará la solicitud y se otorgará un plazo de dos días hábiles para subsanar la observación recibida. Además, conocer que la información de los Órganos de Control Institucional – OCI debe solicitarse al funcionario responsable de acceso a la información-FRAI de la entidad donde se encuentre ubicado y no a la Contraloría General de la República.
Las solicitudes de acceso pueden presentarse presencialmente a través de la mesa de partes física situada en las diversas sedes a nivel nacional. También puedes hacer la solicitud desde la mesa de partes virtual.
Puedes hacer seguimiento a tu solicitud, realizada de manera virtual o presencial, con tu número de expediente.