CONSEJO MUNICIPAL:

Es el órgano de gobierno que está conformado por el Alcalde y Regidores. Ejerce funciones normativas y fiscalizadoras. El Alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa.

ALCALDÍA:

Convocar, presidir y dar por concluidas las Sesiones del Concejo Municipal.

Ejecutar los Acuerdos del Concejo Municipal

Promulgar las Ordenanzas y disponer su publicación

Dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldía

GERENCIA MUNICIPAL:

Gerenciar la Institución Municipal fomentando el trabajo en equipo para convertir paulatinamente a la Municipalidad en ente moderno, productivo y competitivo.

 Ejercer una administración participativa para innovar, reducir y simplificar procesos y procedimientos para mejorar la toma de decisiones.

 Formular y evaluar su plan operativo

 Formular y desarrollar estrategias para lograr una adecuada organización.

 Formular directivas y normas de la Gerencia.

 Proponer la rotación de personal de la institución.

 Planificar, organizar, coordinar y supervisar por delegación los servicios públicos locales y administrativos de la municipalidad.  Conducir las actividades financieras de la municipalidad.

 Proponer la ejecución de planes, programas y proyectos de desarrollo local.

Expedir Resoluciones de Gerencia y resolver recursos impugnativos en segunda instancia.

 Ejecutar los Acuerdos de Concejo.

 Asesorar al Alcalde y al Concejo en asuntos de su competencia.

 Representar por delegación a la municipalidad en eventos y comisiones relacionados con la municipalidad.

Cumplir y hacer cumplir, directamente o por delegación del Alcalde, las recomendaciones del Órgano de Control Institucional.

 Integrar Comisiones de trabajo.

 Supervisar la formulación del Presupuesto Institucional, los Estados Financieros y presupuestarios, la memoria del ejercicio fenecido. Supervisar la formulación y cumplimiento de los Instrumentos de Gestión Institucional (ROF, CAP, MOF,PAP, TUPA).

 Iniciar el proceso sancionador cuando se determine indicios razonables de responsabilidad.  Disponer la difusión del Código de Ética de la función pública.

 Diseñar, establecer, aplicar y difundir los incentivos y estímulos a los servidores públicos que cumplan con los principios, deberes y obligaciones del Código de Ética de la función pública.

 Cumplir atribuciones administrativas delegadas por Alcaldía, tales como Autorizar Modificaciones Presupuestarias, Adicionales y Ampliaciones de plazos en la ejecución de obras.

 Otras funciones inherente al cargo que le Asigne el Alcalde y/o Concejo Municipal.