Solicitar autorización para exhibir anuncios de publicidad

Si deseas colocar anuncios, avisos o elementos publicitarios en la vía pública, debes solicitar una autorización a la municipalidad de tu distrito o provincia. La duración de este permiso varía en cada municipio.

Puedes exhibir cualquier elemento de publicidad exterior como avisos luminosos, afiches, carteles, banderolas, gigantografías, pasacalles (carteles que van de vereda a vereda por lo alto) y material de campañas o eventos temporales.

Son gratuitos:

  • Los anuncios y avisos publicitarios de entidades públicas, organismos internacionales, centros educativos públicos, templos, conventos y establecimientos similares de organizaciones religiosas.
  • La información temporal de actividades religiosas, culturales, recreativas, deportivas, cívicas y benéficas, de carácter no lucrativo.

Requisitos

Para obtener la autorización automática para instalar elementos de publicidad exterior que identifiquen el nombre de entidades públicas, organismos internacionales, templos, conventos, establecimientos de organizaciones religiosas y sus denominaciones, así como centros educativos estatales en una única ubicación, o para difundir información temporal sobre actividades religiosas, culturales, recreativas, deportivas, cívicas, benéficas sin fines de lucro y publicidad en bienes privados:

  • Solicitud con carácter de declaración jurada, que indique tu DNI, nombres completos, dirección, teléfono y correo electrónico.
  • Fotografía actual donde se pretende ubicar el elemento de publicidad y que se aprecie su entorno urbano.
  • El fotomontaje (por cada cara), o posicionamiento virtual de la ubicación del elemento de publicidad exterior, donde se aprecie su entorno urbano
  • Carta poder simple firmada por el propietario o representante legal de la persona jurídica, siempre y cuando el trámite sea realizado por un tercero.
  • Declaración jurada de conservación y mantenimiento de los elementos de publicidad exterior, en caso sea autorizado.
  • Compromiso de retirar de manera voluntaria, todos los componentes que se deriven del elemento de publicidad exterior, ante el pedido de la municipalidad, a excepción de los procedimientos incluidos en la Ordenanza N.° 2186-MML (letreros, letras recortadas, placas y toldos) o la que sustituya.
  • Memoria descriptiva del elemento de publicidad exterior, que señale el procedimiento de su instalación y mantenimiento.
  • Autorización emitida por el Ministerio de Cultura, si se trata de publicidad que será instalada en predios declarados como monumento, de valor monumental o integrante del ambiente urbano monumental y de zona monumental.

Modalidad: Presencial

Hazlo en 2 pasos:

1. Presenta tu solicitud

Ingresa tu trámite a través de la Mesa de Partes Digital o acércate con tus requisitos a alguna de las sedes de la municipalidad:

Indica al servidor encargado el trámite que vas a realizar y presenta tus documentos. Al finalizar te darán un número de expediente para hacer seguimiento a tu trámite.

2. Recoge tu autorización

Después de 20 días hábiles, la municipalidad emitirá una resolución. Acércate a la mesa de partes de las sedes municipales, dentro del horario de atención, y recoge el documento.