Firmar convenio arbitral con Arbitra Perú
Si necesitas resolver un conflicto de intereses en materia civil, pero tu contrato no incluye la cláusula arbitral de solución de conflictos requerida, puedes solicitar suscribir un convenio arbitral con Arbitra Perú. De esta manera, autorizas a esta entidad a administrar la controversia que necesitas resolver.
Requisitos:
- Solicitud simple dirigida al coordinador administrativo de Arbitra Perú.
- Copia de DNI.
- Copia del contrato materia de controversia.
- Recibo de pago por derecho de trámite.
Modalidad: Online
Antes de iniciar, debes saber:
Cualquiera de las partes puede solicitar la suscripción del convenio arbitral. Para hacerlo, deberás realizar el pago de S/ 16.42 por derecho de trámite, depositando el monto a la cuenta corriente del Ministerio de Justicia en el Banco de la Nación: N° 0000-281778.
Una vez ingresada la solicitud, Arbitra Perú enviará el convenio original firmado por el solicitante a la otra parte involucrada en el conflicto.
Si la otra parte acepta someterse a un procedimiento arbitral, debe firmar el convenio y devolverlo a Arbitra Perú en un plazo máximo de 10 días hábiles, con lo cual queda formalizado el convenio arbitral.
En caso la otra parte no envíe el convenio en el plazo establecido, se tomará como un rechazo al sometimiento del arbitraje.
También puedes hacerlo presencialmente:
Modalidad: Presencial
Hazlo en 4 pasos:
1. Realiza el pago en el Banco de la Nación
Paga el monto de S/ 16.42 por derecho de trámite a la cuenta corriente del Ministerio de Justicia en el Banco de la Nación: N° 0000-281778.
2. Acude a Arbitra Perú
Dirígete al Centro Arbitra Perú, ubicado en Av. Santa Cruz 866, Miraflores, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.
3. Presenta tu solicitud
En mesa de partes, presenta tu solicitud y adjunta los documentos señalados en los requisitos.
4. Suscribe el convenio
De aceptar la otra parte someterse a un proceso arbitral debe firmar el convenio y remitirlo a Arbitra Peru en un plazo no mayor de 10 días hábiles, con lo cual quedará formalizado el Convenio arbitral. La no remision del convenio en este plazo se entenderá como un rechazo al sometimiento del arbitraje.