CONSEJO MUNICIPAL

Es el máximo Órgano del Gobierno Local, es elegido mediante el voto popular. Su funcionamiento se rige por lo establecido sobre el particular en la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades, por el Reglamento de Organización Interna del Concejo (ROIC) debidamente aprobado y por las demás disposiciones legales vigentes sobre la materia. El Concejo Municipal de Motupe está conformado por el alcalde, quien lo preside, y por siete (7) Regidores quienes ejercen funciones normativas y fiscalizadoras. El Concejo Municipal tiene como órgano de apoyo y de coordinación administrativa a la Unidad de secretaria general.

ALCALDÍA

Es el máximo Órgano Ejecutivo del Gobierno Local, está a cargo del alcalde Distrital, que a su vez es la máxima autoridad administrativa, quien representa a la Municipalidad y es su personero legal. En caso de ausencia e impedimento legal para el ejercicio del cargo, el Alcalde es reemplazado por el Teniente Alcalde o Primer Regidor del Concejo Municipal, quien asume con las mismas competencias y atribuciones de éste

El alcalde de la Municipalidad Distrital de Motupe, de acuerdo al Artículo 20° de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, tiene las siguientes atribuciones y facultades:

  1. Defender y cautelar los derechos e intereses de la Municipalidad y los vecinos.
  2. Convocar, presidir y dar por concluidas las Sesiones del Concejo Municipal.
  3. Ejecutar los Acuerdos del Concejo Municipal, bajo responsabilidad.
  4. Proponer al Concejo Municipal proyectos de Ordenanzas y Acuerdos. Etc.

ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

Es el Órgano encargado de planificar, programar, ejecutar, evaluar, supervisar y monitorear las acciones y actividades de control interno de la Entidad, promoviendo la correcta y transparente gestión de los recursos y bienes de la Entidad, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos y operaciones para contribuir con el cumplimiento de los fines y metas institucionales, en concordancia con lo dispuesto por la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y demás normas complementarias.

GERENCIA MUNICIPAL

Es el Órgano Ejecutivo del más elevado nivel técnico-administrativo de la Alta Dirección, encargado de planear, programar, organizar, dirigir, supervisar, controlar y monitorear el desarrollo de manera integral de la gestión municipal de acuerdo a los lineamientos, políticas, planes y decisiones del Gobierno y la Alta Dirección Municipal. La Gerencia Municipal está a cargo de un funcionario de confianza a tiempo completo y dedicación exclusiva, designado 24 ARTICULO 22º por el Alcalde de quien depende jerárquica y administrativamente, que a su vez puede cesarlo sin expresión de causa o por Acuerdo de Concejo Municipal adoptado por dos tercios del número hábil de Regidores, conforme lo establece el Artículo 9º, numeral 30, de la Ley N.º 27972 Orgánica de Municipalidades.

SUB GERENCIA DE RENTAS Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Es el órgano de apoyo responsable de planificar, programar, administrar, dirigir, ejecutar, supervisar, fiscalizar, controlar y ejercer acción coactiva para la adecuada y oportuna aplicación, acotación, captación y recaudación de los tributos municipales; así como, diseñar, proponer y ejecutar las políticas institucionales en materia de tributos municipales, teniendo en consideración las normas y procedimientos establecidos en el Código Tributario, la Ley de Tributación Municipal y demás disposiciones complementarias establecidas sobre la materia, como componentes del ordenamiento técnico, legal y administrativo del Sistema Tributario Nacional.

SUB GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

Es el órgano de apoyo responsable de planificar, programar, coordinar, dirigir, controlar, supervisar y evaluar la gestión de los recursos humanos, presupuestarios, financieros, patrimoniales y la prestación de los servicios internos de la Entidad. Está a cargo de un Jefe, quien de preferencia debe ser profesional en las especialidades de administración, contabilidad o economía, y/o alternativamente tener experiencia en gestión administrativa municipal, el cual depende jerárquica y administrativamente de la Gerencia Municipal.

Para el cumplimiento de sus funciones y competencias cuenta con la siguiente estructura funcional:

1. Unidad de contabilidad.

2. Unidad de tesorería.

3. Unidad de recursos humanos.

4. Unidad de logística.

SUB GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICA

Es el órgano encargado de coordinar, dirigir y ejecutar el asesoramiento en la interpretación y aplicación de la legislación y de los procedimientos legales de carácter general y específicos, a fin de lograr y mantener la unidad y coherencia del Sistema Jurídico Nacional en la Municipalidad. Está a cargo de un Profesional con el Título de Abogado, quien depende administrativamente de la Gerencia Municipal.

SUB GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO

Es un órgano de asesoramiento encargado de coordinar, elaborar, formular y proponer políticas, estrategias, planes, programas y documentos de gestión institucional, que permitan establecer y definir metas y objetivos en el corto, mediano y largo plazo; así como, organizar, racionalizar y programar adecuadamente los recursos de la entidad; además, registrar y ejecutar la producción de la información estadística institucional.

Está a cargo de un profesional con experiencia en los aspectos de planeamiento estratégico, racionalización, estadística y gestión presupuestaria gubernamental, quien depende administrativamente de la Gerencia Municipal.

SUB GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO URBANO RURAL

Es el 64 órgano de línea encargado de planificar, programar, coordinar, dirigir, ejecutar, supervisar, controlar y monitorear las acciones y actividades en materia de organización del espacio físico y el uso del suelo en el ámbito de la jurisdicción de acuerdo a los Planes: de Desarrollo Urbano y Rural, de Ordenamiento Territorial, y de Zonificación, según el caso, aprobados para el Distrito de Motupe. Además, promover y desarrollar Estudios y Proyectos para la ejecución, mantenimiento y conservación de obras de infraestructura pública social y productiva; así como, de carácter histórico monumental. La unidad orgánica está a cargo de un Jefe, quien de preferencia debe ser profesional en Ingeniería Civil o Arquitectura, y/o alternativamente con experiencia en planeamiento, gestión y desarrollo urbano e infraestructura pública, quien depende jerárquica y administrativamente de la Gerencia Municipal. Para el cumplimiento de sus funciones y atribuciones, a la sub gerencia de infraestructura y desarrollo urbano rural, cuenta con la siguiente estructura organizacional:

1. Unidad de obras públicas y privadas.

2. Unidad de supervisión y liquidación de obras.

3. Unidad formuladora de estudios y proyectos – UF.

4. Unidad de catastro y acondicionamiento territorial.

5. Unidad de defensa civil, riesgos y desastres.

6. Unidad de maquinaria.

7. Unidad de gestión municipal.

SUB GERENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS Y MEDIO AMBIENTE

Son funciones y competencias son las siguientes:

a) Planificar, programar, coordinar, orientar, dirigir, supervisar y controlar las acciones y actividades específicas establecidas para la prestación de los servicios de limpieza pública, saneamiento, mantenimiento y control ambiental; de abastecimiento y comercialización de bienes y servicios de consumo; de tránsito y transporte público terrestre; y la administración de la infraestructura pública municipal.

b) Autorizar, supervisar, fiscalizar y sancionar el transporte de residuos peligrosos en su jurisdicción, en concordancia con lo establecido por el Ministerio de Transportes y comunicaciones, con excepción del que se realiza en las vías nacionales y regionales a cargo de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, carga y mercancías (SUTRAN).

SUB GERENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL

Es el órgano de línea responsable de promover, fomentar, concertar, dirigir, ejecutar, supervisar y monitorear las actividades y acciones relacionados con el desarrollo de los Programas Sociales en los aspectos de la atención primaria en salud, nutrición y apoyo alimentario, asistencia solidaria, protección y apoyo a la población en riesgo y discapacidad, de atención al adulto mayor, defensa y promoción de derechos ciudadanos, educación, cultura, deporte y recreación. Así como, de la Promoción del Desarrollo Económico Local con la participación concertada del sector público y privado a través de programas, actividades y proyectos de carácter económico productivos, aprovechando de manera racional y sostenible los recursos naturales y el potencial de la infraestructura instalada en la jurisdicción. Está a cargo de un Jefe, que de preferencia debe ser profesional con experiencia en desarrollo social y económico, quien depende jerárquica y administrativamente de la Gerencia Municipal. Para el cumplimiento de sus objetivos y metas, la sub gerencia de desarrollo económico local, cuenta con la siguiente estructura del tercer nivel organizacional:

1. Unidad de promoción y desarrollo turístico.

2. Unidad de sanidad de flora y fauna.

SUB GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO

Es el órgano de línea responsable de planificar, programar, fomentar, promover, normar, coordinar, dirigir, supervisar, controlar y monitorear las acciones y actividades relacionadas con el desarrollo social y humano. Está a cargo de un Jefe, que debe ser de preferencia profesional, con experiencia en la prestación de servicios públicos locales, quien depende jerárquica y administrativamente de la Gerencia Municipal. Para el cumplimiento de sus objetivos y metas, tiene la siguiente estructura Funcional:

1. Unidad de registro civil.

2. Unidad de educación, cultura y deporte.

3. Unidad de programas sociales.