Boletín Municipio al Día Junio 2021 - III

Estimados usuarios/as

La semana que pasó trajo como novedad la aprobación de algunas directivas y lineamientos como la que establece los Lineamientos para la Conversión Integral de Procedimientos Administrativos a Plataformas o Servicios Digitales, aprobada por Resolución de Secretaría de Gobierno Digital Nº 001-2021-PCM/SGD. Por otro lado, es importante mencionar Resolución Directoral N° 011-2021-EF/52.03 , que aprueba la Directiva N° 002-2021-EF/52.03 para optimizar las operaciones de tesorería, en temas relacionados con el uso de medios electrónicos para la pagaduría a proveedores y para las transferencias vinculadas con los conceptos remunerativos, pensionarios y de Contratos de Administración de Servicios (CAS), así como introducir mejoras en el procesamiento del Gasto Devengado y del Girado que se transmite a la Dirección General del Tesoro Público (DGTP). Así también es importante mencionar el Decreto Supremo N° 010-2021-MC , que aprueba los lineamientos para la generación de servicios con pertinencia cultural a través de la incorporación de la variable étnica en entidades públicas, el cual además fija plazos para su implementación.

Finalmente, resalta la Resolución Ministerial N° 168 -2021-VIVIENDA, por medio de la cual se modifica la Guía de acondicionamiento de espacios públicos abiertos en el marco del Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la COVID-19, estableciéndose lineamientos a cumplir por las municipalidades.

Les recordamos que nuestro servicio de CONSULTAS EN LINEA se encuentra su disposición

Esperamos que el boletín sea de su utilidad

Municipio al Día

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I OBLIGACIONES MUNICIPALES PRÓXIMAS A VENCER

  • 30.06.2021

Registro de la Programación Multianual Presupuestaria de Ingresos y Gastos

Las Municipalidades Distritales y Municipalidades Provinciales de los departamentos de Amazonas, Huánuco, Loreto, Madre de Dios, Puno, San Martin, Ucayali (Bloque C según "Cronograma de Sustentación de Gobiernos Locales") registran la información de la Programación Multianual en el "Módulo de Programación Multianual"

Las Municipalidades Distritales remiten a su respectiva Municipalidad Provincial su Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria, dentro de 5 días hábiles posteriores al plazo mencionado y se sustenta en los 10 días hábiles posteriores.

Base legal

Artículos 15° y 16° y 24°de la Directiva Nº 0001-2021-EF/50.01 Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 0005-2021-EF/50.01

  • 30.06.2021

Presentación de informe del mes de mayo sobre utilización de recursos por la Municipalidad de Centro Poblado

El alcalde de la municipalidad de centro poblado debe informar mensualmente acerca de la utilización de los recursos que administra a su concejo municipal y a la municipalidad delegante. El incumplimiento de informar da lugar a la suspensión de la entrega de recursos por parte de la municipalidad provincial o distrital.

Base legal

Artículos 133 y 134 de la LOM 27972 ( modificados por Ley 30937 y Ley 31079)

  • 02.07.2021

Envío de formularios para actualización del Registro Nacional de Municipalidades - RENAMU

Con el objeto la actualización del Registro Nacional de municipalidades -RENAMU, las municipalidades provinciales y distritales deben remitir el formulario 01, mientras que las municipalidades de centro poblado remitirán el formulario 02 , los cuales serán remitidos en el departamento de Lima: al Instituto Nacional de Estadística e Informática a los correos electrónicos renamu@inei.gob.pe y mesadepartes@inei.gob.pe; y, en los otros departamentos del país, a las Oficinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática del Instituto Nacional de Estadística e Informática.

Base legal

Artículo 3 de la Resolución Jefatural Nº 093-2021-INEI

10.07.2021

Aprobación de modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del mes de junio 2021

Las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático ( habilitaciones y anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados en el PIA o en el PIM) , se formalizan mensualmente dentro de los diez (10) días calendario siguientes de vencido el respectivo mes, mediante Resolución del Alcaldía, a nivel de Pliego, Categoría Presupuestal, Producto y/o Proyecto según corresponda, Actividad, Fuente de Financiamiento, Categoría del Gasto y Genérica del Gasto.

Base legal:

Artículo 7.3 de la Directiva N° 015-2016-CG/GPROD, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 159-2016-CG

30.07.2021

Presentación de informe del mes de junio sobre utilización de recursos por la Municipalidad de Centro Poblado.

El alcalde de la municipalidad de centro poblado debe informar mensualmente acerca de la utilización de los recursos que administra a su concejo municipal y a la municipalidad delegante. El incumplimiento de informar da lugar a la suspensión de la entrega de recursos por parte de la municipalidad provincial o distrital.

Base legal

Artículos 133 y 134 de la LOM 27972 ( modificados por Ley 30937 y Ley 31079)

31.07.2021

Emisión de reporte de segundo trimestre de seguimiento del PEI

La municipalidad debe emitir el reporte de seguimiento del Plan Estratégico Institucional - PEI del segundo trimestre a través del aplicativo informático CEPLAN V.01

Base legal

Numeral 7.1 de la Guía para el Planeamiento Institucional, modificada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00016-2019/CEPLAN/PCD

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II RESEÑA DE NORMAS LEGALES DEL PERIODO

19/06/2021

Resolución de Secretaría de Gobierno Digital Nº 001-2021-PCM/SGD

Directiva que establece los Lineamientos para la Conversión Integral de Procedimientos Administrativos a Plataformas o Servicios Digitales

Establece los lineamientos para la conversión de procedimientos administrativos para su atención mediante plataformas o servicios digitales, siendo un componente el diseño de los servicios digitales.

19/06/2021

Resolución Ministerial N° 101-2021-MINAM

Interesados pueden remitir opiniones y /sugerencias a proyecto de ley sobre Sistema Local de Gestión Ambiental

Disponen la publicación de los proyectos de “Guía para el funcionamiento del Sistema Regional de Gestión Ambiental (SRGA)” y de “Guía para el funcionamiento del Sistema Local de Gestión Ambiental (SLGA)”, por un plazo de diez (10) días hábiles, para recibir opiniones y/o sugerencias de los interesados. Es decir, hasta el 02 de julio de 2021

19/06/2021

Resolución Directoral N° 011-2021-EF/52.03

Aprueban la Directiva N° 002-2021-EF/52.03 Directiva para optimizar las operaciones de tesorería, en temas relacionados con el uso de medios electrónicos.

Lo que se busca es optimizar las operaciones de tesorería, en aspectos relacionados con el uso de medios electrónicos para la pagaduría a proveedores y para las transferencias vinculadas con los conceptos remunerativos, pensionarios y de Contratos de Administración de Servicios (CAS), así como introducir mejoras en el procesamiento del Gasto Devengado y del Girado que se transmite a la Dirección General del Tesoro Público (DGTP)

En ese sentido, precisa que a partir del 01 de julio de 2021, el pago a proveedores del Estado por parte de las Entidades, con cargo a Fondos Públicos centralizados en la Cuenta Única del Tesoro Público (CUT), se realiza de manera obligatoria mediante transferencias electrónicas, a través de la Cámara de Compensación Electrónica (CCE) y del Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (LBTR)

Dichas transferencias son procesadas, bajo la modalidad que determine la DGTP, sobre la base de la información del Gasto Girado registrado por las Entidades a través del SIAF-SP.

Ello también es aplicable para las transferencias que realizan las Entidades para atender el servicio de pagaduría por concepto de remuneraciones, pensiones y CAS a través de empresas del Sistema Financiero Nacional distintas del Banco de la Nación

Con relación al pago electrónico de detracciones, el registro del Gasto Girado para el depósito en las cuentas de Detracciones al que se encuentran obligadas las Entidades, en el marco de las disposiciones de la SUNAT, con cargo a los fondos centralizados en la CUT, se realiza mediante transferencias electrónicas a través del SIAF-SP, utilizando el Tipo de Giro “D” y el código de documento “081” del documento “B”.

Con relación al pago de obligaciones tributarias, incluyendo las multas y fraccionamientos, administrados por la SUNAT, que corresponde efectuar a las Entidades con cargo a los fondos centralizados en la CUT, en su condición de contribuyentes y/o agentes de retención, debe realizarse mediante transferencias electrónicas procesadas a través del SIAF-SP.

18/06/2021

Decreto Supremo N° 010-2021-MC

Aprobación de los lineamientos para la generación de servicios con pertinencia cultural a través de la incorporación de la variable étnica en entidades públicas.

Las entidades de la Administración Pública, entre estas las municipalidades, conforme a sus competencias, deben implementar de manera progresiva los lineamientos aprobados, y tienen un plazo máximo de noventa (90) días hábiles ( vence el 28 de octubre de 2021), para informar por escrito al Viceministerio de Interculturalidad la forma y plazo para la implementación de los citados lineamentos.

Para la implementación de los lineamientos se sigue las siguientes etapas:

- Identificación de la necesidad de adecuar el servicio

- Identificación de la ficha de información en la que se incorpora la variable étnica.

- Incorporación de la variable étnica en la ficha de información y en la formulación de las preguntas.

- Seguimiento, monitoreo y difusión de la información recogida luego dela incorporación de la variable étnica.

- Evaluación de la implementación de los lineamientos para la incorporación de la variable étnica.

Se debe incorporar la variable étnica , considerando una pregunta de pertenencia étnica y otra de lengua materna, como mínimo.

Las entidades deben remitir la información, debidamente sistematizada , al Ministerio de Cultura para el análisis e identificación de brechas de acceso a servicios básicos de los diferentes grupos étnicos/culturales, en el marco de la incorporación de la pertenencia cultural en los servicios que brinda.

18/06/2021

Decreto Supremo N° 154-2021-EF

Transfieren partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales

Asciende hasta por la suma de S/ 690 114,00 (SEISCIENTOS NOVENTA MIL CIENTO CATORCE Y 00/100 SOLES), a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para financiar la devolución de los montos que los pliegos presupuestarios hubieran descontado respecto a la bonificación a la que se refiere el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 037-94 ( bonificación especial que permite elevar los montos mínimos del ingreso total de los servidores de la administración pública, activos y cesantes), con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas.}

El Titular de los pliegos habilitador y habilitados, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo.

Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección General de Presupuesto Público.

La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida, asimismo, instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran.

Los recursos del Crédito Suplementario y de la Transferencia de Partidas no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados.

15/06/2021

Decreto Supremo N° 150-2021-EF

Aprueban los topes máximos de capacidad anual para Gobiernos Regionales Gobiernos Locales y Universidades Públicas para la emisión de Certificados de Inversión Pública Regional y Local - Tesoro Público – CIPRL

La ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, que tiene por objeto impulsar la ejecución de proyectos de inversión de impacto regional y local, con la participación del sector privado, mediante la suscripción de convenios de inversión con los Gobiernos Regionales y/o Gobiernos Locales; y se establece disposiciones para el cálculo del monto máximo de los Certificados de Inversión Pública Regional y Local – Tesoro Público – CIPRL.

Se han aprobado los topes máximos de capacidad anual para los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y Universidades Públicas para la emisión de los Certificados de Inversión Pública Regional y Local – Tesoro Público – CIPRL.

15/06/2021

Ley N° 31216

Ley de creación del distrito de San Antonio en la provincia de Mariscal Nieto del Departamento de Moquegua

Se ha creado el distrito de San Antonio, con su capital San Antonio, en la provincia de Mariscal Nieto del departamento de Moquegua. En tanto se elijan e instalen las nuevas autoridades por elección popular en el nuevo distrito de San Antonio, la administración de los recursos y la prestación de los servicios públicos son atendidas por la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto.

15/06/202

Resolución Directoral N° 00071-2021-ARCC/DE

Aprueban la Directiva N° 00001-2021-ARCC/DE Disposiciones para las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Institucional a favor de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y Extorno de Saldos Financieros a favor del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales.

Se han establecido disposiciones y procedimientos para el trámite y aprobación de las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (en adelante, ARCC) y de los extornos de saldos financieros a favor del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales (en adelante, FONDES).

Es de aplicación obligatoria para la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y las Entidades Ejecutoras del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, que fueron autorizadas a incorporar recursos en sus respectivos presupuestos institucionales con cargo a los recursos del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales.

La ARCC solicita a la Entidad Ejecutora la evaluación de la ejecutabilidad de los recursos que le fueron asignados. La Entidad Ejecutora registra el cronograma de ejecución mensual actualizado de las intervenciones a su cargo en el Sistema de Monitoreo y Trazabilidad de proyectos del PIRCC (en adelante, Monitor ARCC), a fin de identificar los saldos de libre disponibilidad de los recursos transferidos del FONDES.

La Entidad Ejecutora debe registrar y mantener actualizada la información en el Monitor ARCC; así como proporcionar la información relativa a la implementación del PIRCC cuando la ARCC lo solicite.

15/06/2021
Decreto Supremo N° 147-2021-EF

Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021

Se ha autorizado una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 28 465 661,00 (VEINTIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), de la Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios a favor de tres (03) Pliegos del Gobierno Nacional, de cinco (05) Gobiernos Regionales y de veintinueve (29) Gobiernos Locales, para financiar sesenta y un (61) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES).

15/06/2021

Resolución Directoral N° 0002-2021-EF/63.01

Aprueban Plan de implementación y Hoja de Ruta del Plan BIM Perú

EL Plan Nacional de Competitividad y Productividad 2019-2030, establece la “Medida de Política 1.2: Plan BIM”, con el objetivo de incorporar progresivamente la metodología colaborativa de modelamiento digital de información para la construcción (BIM, por sus siglas en inglés: Building Information Modeling) en el sector público, para lo cual contempla hitos de corto, mediano y largo plazo, el cual a través de la resolución se ha aprobado el Plan de implementación y Hoja de Ruta del Plan BIM Perú.

15/06/202

Resolución Directoral N° 168 -2021-VIVIENDA

Modifican la Guía de acondicionamiento de espacios públicos abiertos en el marco del Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la COVID-19

Se ha modificado la “Guía de acondicionamiento de espacios públicos abiertos en el marco del Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la COVID-19”

Los lineamientos generales son los siguientes:

1. La Municipalidad identifica los espacios públicos abiertos para la aplicación de la Guía, ejecuta su adecuación cuando corresponda y aprueba la delimitación y las intervenciones que sean promovidas por personas naturales, entidades o instituciones privadas.

2. El acondicionamiento de los espacios públicos abiertos no debe afectar zonas de evacuación establecidas, ni impedir o dificultar el acceso peatonal, ni generar una mayor aglomeración de personas.

3. Deben cumplirse los protocolos sanitarios vigentes establecidos en el marco de la COVID-19. 4. La Municipalidad debe utilizar medios virtuales para dar a conocer las condiciones exigidas para el uso, promoción y acondicionamiento de los espacios públicos abiertos.

5. Las intervenciones deben cumplir con los protocolos de seguridad vial establecidos por las entidades competentes.

6. La Municipalidad es responsable de realizar el mantenimiento de los espacios públicos abiertos, asegurando su limpieza y desinfección así como del mobiliario urbano existente en coordinación con la juntas vecinales comunales (asociaciones de vecinos, juntas vecinales entre otros actores locales).