Solicitar la compraventa directa de predios de propiedad estatal por posesión consolidada (Causal 3)

Si eres una persona natural o representas a una persona jurídica que tiene la posesión de un predio estatal con fines habitacionales, comerciales, industriales, educativos, recreacionales u otra actividad; puedes solicitar su compra venta de forma directa ante la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN).

Para aplicar a este beneficio, el predio estatal debe ser de dominio privado y de libre disponibilidad, y debe estar delimitado en su totalidad desde antes del 25 de noviembre de 2010.

También puedes coordinar este procedimiento directamente con los Gobiernos Regionales con funciones transferidas, de acuerdo al causal 3 del Art. 222 del reglamento de la Ley N° 29151.

Condiciones:

  • La entidad no está obligada a aprobar inmediatamente tu solicitud aunque cumplas los requisitos.
  • Una vez realizada la calificación formal y la inspección del predio, debes realizar un depósito de garantía que respalde tu interés en el acto de disposición solicitado, por un monto no mayor a 2 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), {costo: 2*UIT].
  • Una vez que la entidad publique el procedimiento de compraventa directa en el diario El Peruano, se pueden presentar oposiciones de terceros que se sientan afectados y propuestas de compraventa mejorando el precio.
  • El precio del predio en la compraventa es a valor comercial y debe ser cancelado por completo dentro de los 15 días de notificada la resolución que aprueba la compraventa. Luego, te darán el respectivo contrato, que se eleva a escritura pública y se inscribe en el Registro de Predios del comprador.
  • La tasación del predio es efectuada por la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento o por una persona jurídica especializada en tasaciones con reconocida y acreditada experiencia.
    • En caso de no tener un representante en la zona, la tasación puede ser efectuada por un perito tasador, y cuenta con una vigencia de 8 meses a partir de su elaboración.
  • La determinación de la línea de más alta marea está a cargo de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas (DICAPI) de la Marina de Guerra del Perú, que ejerce la autoridad marítima.

Requisitos

  • Solicitud de compraventa directa - causal N°3.
  • Copia del pasaporte o carnet de extranjería, si tú o tu representante son extranjeros.
  • Declaración jurada de no estar impedido para adquirir derechos reales del Estado como persona natural o como persona jurídica, según corresponda.
  • Si el predio colinda con un río, laguna, lago u otra fuente de agua, presenta un documento emitido por la Autoridad Nacional del Agua que defina la faja marginal del cuerpo de agua.
  • Si el predio colinda con la zona de playa protegida y la SBN no cuente con dicha información, agrega información sobre la línea de más alta marea (LAM).
  • Para los supuestos de compraventa directa por las causales de posesión o para acreditar que el predio no se encuentra bajo otro régimen de venta regulado por normas de competencia de otras entidades, debes adjuntar el documento emitido por la entidad competente que precise que no se encuentra bajo su competencia.
  • Si tu solicitud está referida a un predio no inscrito en el Registro de Predios, sin plano perimétrico - ubicación, o solo a una parte del predio, agrega:
    • Plano perimétrico y de ubicación georeferenciado a la Red Geodésica Horizontal Oficial, en coordenadas UTM, a escala apropiada, con indicación de tu zona geográfica, en datum oficial vigente, autorizado por un ingeniero, arquitecto o geógrafo habilitado, entregado en físico y en soporte digital bajo formato CAD o GIS editable.
    • Memoria descriptiva (con los nombres de los terrenos limítrofes, de ser posible), autorizado por un ingeniero o arquitecto colegiado.
    • Certificado de búsqueda catastral expedido por la Sunarp, con una antigüedad no mayor a 3 meses, en caso el predio no se encuentre inscrito.
  • Además, para acreditar el ejercicio de posesión del predio, agrega:
    • Declaración jurada del impuesto predial (Hoja de Resumen y Predio Urbano o Predio Rústico), arbitrios y recibos de pagos correspondientes a los años de posesión del predio. Las declaraciones juradas y pagos de tributos que hayan sido formuladas en vía de regularización sólo tienen mérito para acreditar la antigüedad de la posesión a partir de la fecha en que han sido presentadas y pagadas ante la autoridad competente.
    • Documento público o privado donde conste la fecha de transferencia de la posesión del predio a tu favor. Para que adquiera ‘fecha cierta’ y tenga eficacia jurídica debes presentarlo ante un funcionario público, ante notario para que certifique la fecha, difundir en un medio público en una determinada fecha o si fallece quien lo otorgó.
    • Acta de inspección judicial o notarial del predio.
    • Cualquier otro instrumento emitido por una entidad pública que acredite la posesión del predio en favor del solicitante o de sus predecesores.
    • Plano visado por la municipalidad respectiva que acredite el área ocupada por los asociados de la persona jurídica que la integran y el acta de la asamblea general en la que conste la cesión de posesión efectuada por los asociados a favor de la persona jurídica para la compra venta directa.

Modalidad: Online

Antes de iniciar, debes saber:

Para solicitar la compraventa directa, deberás enviar tus documentos en formato PDF, mediante la Mesa de Partes Virtual. Regístrate con tus datos personales, DNI y correo electrónico.

De forma automática recibirás un correo, que dejará constancia de la recepción de la documentación y se te asignará un número de solicitud de ingreso. Los documentos que ingresan entre las 12:00 a. m. a 5:30 p. m. se considerarán presentados el mismo día hábil.

La entidad te notificará por correo el resultado de tu proceso en un plazo máximo de 30 días hábiles.

Solicita compraventa directa

Si tienes más consultas, puedes escribir al correo electrónico consultafacil@sbn.gob.pe.

También puedes hacerlo presencialmente:

Modalidad: Presencial

Hazlo en 2 pasos:

1. Asiste a la sede de la SBN

Acércate a la Calle Chinchón N° 890, San Isidro, Lima, de lunes a viernes, de 8:30 a. m. a 5:30 p. m. Si presentas tus documentos bajo esta modalidad, se te asignará un número de solicitud de ingreso y se te sellará el cargo.

2. Realiza seguimiento a tu solicitud

El plazo para la atención de tu solicitud es aproximadamente de 30 días hábiles. La respuesta a tu petición se notificará a la casilla electrónica asignada con la presentación de tu solicitud, a través de la mesa de partes física o virtual; o, en su defecto, a la dirección física y electrónica señalada en tu solicitud.