Afiliación del personal a mi cargo a un sistema previsional

Es un trámite que toda entidad o empresa debe hacer en beneficio de su personal desde el inicio de una relación laboral. Esta afiliación solo es obligatoria si estas personas no están inscritas previamente en ningún sistema previsional.

Si este es el caso, la entidad empleadora está en la obligación de entregarles el Boletín Informativo de la ONP, material que contiene las características del Sistema Privado de Pensiones (SPP) y del Sistema Nacional de Pensiones (SNP).

Desde su entrega, la persona tiene hasta 10 días hábiles para indicar su elección a la empresa o entidad. Luego de hacerlo, puede cambiar de parecer hasta 10 días hábiles posteriores, siempre que no supere la fecha en que percibe su primera remuneración.

Personal pesquero

Si trabajas para armadoras pesqueras y armadores pesqueros a gran escala debes expresar por escrito tu voluntad de pertenecer al Régimen Especial Pesquero (REP) o al SPP, dentro de los 10 días de haber iniciado labores. Caso contrario, tu entidad empleadora está obligada a afiliarte al REP, sin que puedas cambiarte al SPP.