Solicitar autorización para la prestación de servicio de Transporte de dinero y valores a Sucamec
Si deseas brindar el servicio de transporte de dinero y valores, debes solicitar el permiso a la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - Sucamec a través de su plataforma virtual.
Requisitos
Para la autorización inicial está establecida en el TUPA Sucamec y debe ser solicitada a través de la plataforma Sucamec en Línea (SEL). Los requisitos son los siguientes:
- Formulario de solicitud firmado por el o la representante legal de la empresa, indicando lo siguiente:
- Razón Social y número de RUC.
- Domicilio legal.
- Correo electrónico, número de teléfono y otros medios de comunicación.
- Modalidad para la cual requiere la autorización.
- Indicar el número de constancia y fecha de pago, realizado al Banco de la Nación u otro banco autorizado a nombre de la Entidad.
- Indicar la dirección del local a verificar por la Sucamec.
- Copia del plano de distribución interna de sus instalaciones, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 del presente Reglamento.
- Declaración jurada firmada por el o la representante legal de la empresa que consigne los siguientes datos:
- Nombres completos de los y las accionistas, socios o socias, directores/as, gerentes/as, representantes legales, indicando el porcentaje del capital o participación social, número del documento de identidad o el que haga sus veces en el país de origen, o en su defecto, el número de carné de extranjería, calidad migratoria habilitante y vigente, quienes no deben contar con los impedimentos establecidos en el artículo 22 del Decreto Legislativo Nº 1213, Decreto Legislativo que regula los servicios de seguridad privada. En caso el representante legal declare que una persona jurídica tenga la condición de accionista o socio/a, debe indicar el número del documento de identidad o el que haga sus veces en el país de origen del o de la representante legal o, en su defecto, el número de carné de extranjería, fecha de nacimiento, calidad migratoria habilitante y vigente.
- Número de la partida registral, oficina registral y asiento del poder del o la representante legal.
- Número de la partida registral del vehículo(s) que acredite la tenencia o propiedad de vehículo blindado de acuerdo a las características establecidas en el artículo 25 del presente Reglamento.
- Número de la licencia municipal de funcionamiento indeterminada (No Temporal) del local donde opera la persona jurídica, la misma que debe habilitar la prestación de servicios de seguridad privada sin ninguna restricción o prohibición respecto al referido giro.
- Carta fianza, emitida por una entidad autorizada por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones - SBS, a favor de la SUCAMEC, por un monto de cinco Unidades Impositivas Tributarias (UIT), solidaria e irrevocable, incondicionada y de ejecución inmediata, con una vigencia mínima de cinco años, en garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones contenidas en el Decreto Legislativo Nº 1213. Decreto Legislativo que regula los servicios de seguridad privada y su Reglamento que han sido asumidos por la empresa, previo procedimiento administrativo sancionador correspondiente; y otras obligaciones dentro del ámbito de competencia de la SUCAMEC.
- Copia de la póliza de seguro que cubra el valor del monto máximo a trasladar o custodiar.
Nota: la autorización para prestar servicios de seguridad privada, en la modalidad de prestación de servicio de transporte y custodia de dinero y valores, está condicionada a la aprobación de la verificación del local, conforme a los requisitos y condiciones establecidos en los artículos 23 del presente Reglamento.
Modalidad: Online
Hazlo de forma digital:
Paga {costo: 1,215.60} al Banco de la Nación o a través de Pagalo.pe con el código 5371, tu RUC y el nombre de tu empresa. Conserva el comprobante.
Ingresa a la plataforma (SEL) y adjunta tus documentos en formato PDF. Recibirás una notificación de confirmación de tu solicitud junto con tu número de expediente.
Durante el plazo establecido para obtener tu autorización (22 días hábiles), recibirás una notificación del Buzón Electrónico de la plataforma (SEL) con el resultado final de tu trámite.
Puedes revisar la evolución de tu trámite en la sección Consulta tu expediente. Si tu solicitud cuenta con observaciones, debes subsanarlas mediante la mesa de partes digital en la plataforma Sucamec En Linea (SEL).