Solicitar autorización de servicios de vigilancia privada a Sucamec
Si deseas tener una empresa de vigilancia privada, puedes solicitar la autorización de manera online a Sucamec. Toma en cuenta que la Sucamec verificará toda la documentación presentada y luego programará la verificación física del local.
Requisitos
Para la autorización inicial, conforme a lo establecido en el TUPA Sucamec, y debe ser solicitada a través de la Plataforma Sucamec en Línea (SEL). Los requisitos son los siguientes:
- Formulario de solicitud, firmado por el o la representante legal de la empresa, que indique:
a) Razón social y número de RUC.
b) Domicilio legal.
c) Correo electrónico, número de teléfono y otros medios de comunicación.
d) Modalidad para la cual se solicita la autorización.
e) Indicación de si se requiere prestar el servicio con armas de fuego o no.
f) Número de constancia y fecha de pago, realizado al Banco de la Nación u otra entidad autorizada, a nombre de la Entidad.
g) Dirección del local a verificar por la SUCAMEC. - Copia del plano de distribución interna de las instalaciones, conforme a lo dispuesto en los numerales 10.1 y 10.4 del artículo 10 del presente Reglamento.
- Declaración jurada, firmada por el o la representante legal de la empresa, que consigne:
a) Nombres completos de los y las accionistas, socios o socias, directores/as, gerentes/as y representantes legales, indicando el porcentaje del capital o participación social, número del documento de identidad o equivalente en el país de origen, o, en su defecto, número de carné de extranjería con calidad migratoria habilitante y vigente. Ninguno de ellos debe contar con los impedimentos establecidos en el artículo 22 del Decreto Legislativo Nº 1213, que regula los servicios de seguridad privada.
En caso de que una persona jurídica sea accionista o socia, se deberá indicar el número del documento de identidad o equivalente en el país de origen del o de la representante legal, o, en su defecto, el número de carné de extranjería, fecha de nacimiento y calidad migratoria habilitante y vigente.
b) Número de la partida registral, oficina registral y asiento del poder del o de la representante legal.
c) Número de la licencia municipal de funcionamiento indeterminada (no temporal) del local donde opera la persona jurídica, la cual debe habilitar la prestación de servicios de seguridad privada sin restricciones ni prohibiciones relacionadas con dicho giro. - Carta fianza, emitida por una entidad autorizada por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), a favor de la SUCAMEC, por un monto de cinco Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Esta debe ser solidaria, irrevocable, incondicionada y de ejecución inmediata, con una vigencia mínima de cinco años. Su finalidad es garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones contenidas en el Decreto Legislativo Nº 1213 y su Reglamento, así como de cualquier otra obligación dentro del ámbito de competencia de la SUCAMEC, previo procedimiento administrativo sancionador correspondiente.
- Copia del protocolo operativo y de control, que contenga la metodología para la prestación de servicios de seguridad privada en la modalidad de vigilancia privada, en sus diferentes formas, asegurando una protección eficiente de la vida y el patrimonio de las personas. Este protocolo debe incluir como mínimo:
a) Introducción.
b) Objetivo.
c) Alcance.
d) Responsables de su aplicación.
e) Funciones del personal de seguridad.
f) Condiciones generales para la prestación del servicio.
g) Condiciones específicas para la prestación del servicio.
h) Supervisión y puntos de control.
i) Herramientas para el desarrollo de las actividades.
j) Acciones y respuestas ante contingencias, incidentes, accidentes, estados de emergencia y/o actos delictivos.
Nota: la autorización para prestar servicios de seguridad privada, en la modalidad de vigilancia privada, está condicionada a la aprobación de la verificación del local por parte de la Entidad.
Modalidad: Online
Hazlo de forma digital:
Realiza el pago de {costo: 1,215.70} a través de Págalo.pe o en cualquier agencia del Banco de la Nación, indicando el código 5371 y el número de RUC de tu empresa.
Accede a la plataforma (SEL) y adjunta tus documentos en formato PDF. Una vez enviada tu solicitud, recibirás una notificación de confirmación junto con tu número de expediente.
Durante el plazo establecido de 22 días hábiles para la obtención de tu autorización, recibirás en el Buzón Electrónico de la plataforma (SEL) la notificación con el resultado final de tu trámite.
Puedes revisar el estado y evolución de tu trámite en la sección Consulta tu expediente de nuestra plataforma Sucamec En Línea (SEL).