Solicitar pensión por convenios internacionales

Si estás afiliado al Sistema Nacional de Pensiones (D.L. N° 19990) o al Sistema Privado de Pensiones (SPP), y vives en Perú, Argentina, Canadá, Chile, Corea, Ecuador, España o Uruguay, podrás acceder a una pensión de jubilación.

Además, también podrás acceder a tu pensión a través del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social que incluye: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Ecuador, El Salvador, España, Paraguay, Portugal, República Dominicana y Uruguay.

Este beneficio está dirigido a:

  • A los afiliados peruanos que trabajen o hayan trabajado en los países del convenio.
  • A los afiliados extranjeros que trabajen o hayan trabajado en el Perú.
  • A los pensionistas.
  • A las beneficiarias y beneficiarios (familiares directos que reciben el beneficio de una pensión de viudez, orfandad o ascendientes (madre y/o padre) del titular).

Argentina

Si trabajaste en este país y estás actualmente en el Perú, puedes acceder a los beneficios si:

  • Perteneces al D.L. N° 19990: Ley que crea el Sistema Nacional de Pensiones.
  • Estás afiliada o afiliado a una AFP.
  • Otros: riesgo de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Si estás en Argentina, deberás dirigirte a la Autoridad Nacional de la Seguridad Social (ANSES), para la aplicación del convenio y consultar los requisitos.

Canadá

Si trabajaste en este país y estás actualmente en el Perú, puedes acceder a los beneficios si:

  • Perteneces al D.L. N° 19990: Ley que crea el Sistema Nacional de Pensiones.
  • Perteneces al D.L. N° 25832: Ley que crea el Sistema Privado de Pensiones y las AFP.

Si estás en Canadá, deberás dirigirte a la División de Operaciones Internacionales de la Administración General de Servicios de Canadá, Ministerio de Recursos Humanos y Desarrollo de Competencias, para la aplicación del convenio y consultar los requisitos.

Chile

Si trabajaste en este país y estás actualmente en el Perú, puedes acceder a los beneficios si:

  • Perteneces al D.L. N° 19990: Ley que crea el Sistema Nacional de Pensiones.
  • Estás afiliada o afiliado a una AFP.

Si estás en Chile, deberás dirigirte a la Superintendencia de Pensiones, para la aplicación del convenio y consultar los requisitos.

Corea

Si trabajaste en este país y estás actualmente en el Perú, puedes acceder a los beneficios si:

  • Si perteneces al D.L. N° 19990: Ley que crea el Sistema Nacional de Pensiones.
  • Si estás afiliada o afiliado a una AFP.

Si estás en Corea, deberás dirigirte al Centro para Asuntos Internacionales del Sistema de Pensiones, para la aplicación del convenio y consultar los requisitos.

Ecuador

Si trabajaste en este país y estás actualmente en el Perú, puedes acceder a los beneficios si:

  • Perteneces al D.L. N° 19990: Ley que crea el Sistema Nacional de Pensiones.
  • Estás afiliada o afiliado a una AFP.

Si estás en Ecuador, deberás dirigirte al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, para la aplicación del convenio y consultar los requisitos.

España

Si trabajaste en este país y estás actualmente en el Perú, puedes acceder a los beneficios si:

  • Perteneces al D.L. N° 19990: Ley que crea el Sistema Nacional de Pensiones.
  • Estás afiliada o afiliado a una AFP.
  • Otros: riesgo de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Si estás en España, deberás dirigirte al Instituto Nacional de la Seguridad Social, para la aplicación del convenio y consultar los requisitos.

Uruguay

Si trabajaste en este país y estás actualmente en el Perú, puedes acceder a los beneficios si:

  • Perteneces al D.L. N° 19990: Ley que crea el Sistema Nacional de Pensiones.
  • Estás afiliada o afiliado a una AFP.
  • Otros: riesgo de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Si estás en Uruguay, deberás dirigirte al Banco de Previsión Social, para la aplicación del convenio y consultar los requisitos.

Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social

Si trabajaste en Bolivia, Brasil, El Salvador, Portugal y República Dominicana y estás actualmente en el Perú, puedes acceder a los beneficios si:

  • Si perteneces al D.L. N° 19990: Ley que crea el Sistema Nacional de Pensiones.
  • Si estás afiliada o afiliado a una AFP.
  • Otros: Riesgo de accidentes de trabajo.

Si estás en Bolivia, Brasil, El Salvador, Portugal y República Dominicana, para la aplicación del convenio y consultar los requisitos deberás acercarte a:

  • Bolivia: Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros.
  • Brasil: Instituto Nacional Do Seguro Social (INSS).
  • El Salvador: Superintendencia Adjunta de Pensiones.
  • Portugal: Direcção-Geral da Segurança Social (DGSS).
  • República Dominicana: Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado o a la Asociación Dominicana de Administradoras de Fondos de Pensiones.

Requisitos

  • Solicitud según Formularios (otorgada por personal ONP).
  • Copia simple de los documentos que acrediten la relación laboral o declaración simple que consigne el vínculo laboral en el Perú o en cualquier de los países del convenio. Entre los documentos que puedes adjuntar para acreditar tu relación laboral se encuentran: certificados de trabajo, boletas de pago de remuneraciones, liquidación de tiempo de servicios o de beneficios sociales, constancias de aportaciones de la Oficina de Registro y Cuenta Individual Nacional de Empleadores Asegurados (Orcinea) emitido por el Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS) o del Seguro Social de Salud (EsSalud), o cualquier documento público conforme al artículo 235° del Código Procesal Civil.
  • Copia simple de los Certificados de Pago Regular (CPR), Certificados de Pago Especial (CPE) u otros comprobantes de pago emitidos por el ex Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS) o EsSalud, siempre que dicha información no se encuentre en los sistemas que administra la Oficina de Normalización Previsional.

Si actualmente vives en alguno de los países arriba señalados, ten en cuenta que:

  • Podrás presentar tu solicitud de pensión ante el Organismo de Enlace del país donde vives, junto a los requerimientos administrativos que correspondan al otro país.
  • Las solicitudes, declaraciones o recursos que se interpongan ante uno de los países aplicando las disposiciones legales de ese país, se podrán presentar ante el Organismo de Enlace del otro país, el cual los remitirá a la institución correspondiente.
  • Todos los actos, documentos, gestiones o escritos relacionados con los convenios, acuerdos administrativos y documentos adicionales están libres de tributos, sellos, timbres o estampillas. Tampoco es obligatorio que estén visados o legalizados por las autoridades diplomáticas o consulares. Basta la certificación del Organismo de Enlace respectivo.

Antes de iniciar, debes saber:

Ingresa tus datos en el formulario para pedir tu atención virtual. Un asesor te contactará para brindarte orientación sobre la presentación de tu solicitud, a través de una llamada o correo electrónico. De corresponder, enviarás tus documentos a través de un correo electrónico.

En un periodo máximo de 30 días hábiles (plazo temporal, en el marco de la emergencia sanitaria), se te informará el resultado mediante una resolución que llegará a tu correo o a tu domicilio. Se precisa que el plazo legal es de 90 días calendario.

Solicita tu atención virtual

Para hacer consultas y recibir información sobre los Convenios Internacionales de Seguridad Social escríbenos al correo conveniosinternacionales@onp.gob.pe.

En caso tengas alguna duda, comunícate a nuestro servicio ONP Te escucha, llamando al (01) 634 2222 desde Lima u otros departamentos, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:30 p. m.

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