Funciones de las agencias municipales

Las agencias municipales son los órganos desconcentrados responsables de proporcionar servicios públicos municipales, así como promover y desarrollar proyectos y actividades orientados al desarrollo integral y sostenible de la localidad, en coordinación con las gerencias de línea según corresponda.

Sus funciones son diferenciadas y asignadas en concordancia con las características y necesidades propias de su respectiva municipalidad y jurisdicción.

Las agencias municipales dependen jerárquicamente de la gerencia municipal, sin embargo, funcionalmente se deben a las gerencias de línea y oficinas de asesoramiento y apoyo de la municipalidad.

Las agencias municipales se crean y organizan mediante ordenanza municipal aprobada por el concejo municipal, a propuesta del alcalde. En general, sin perjuicio de los ajustes que se realicen según las particularidades de cada municipalidad, se pueden asignar funciones a estas para:

  • Promover el desarrollo comunal conforme a ley y con participación de los vecinos.
  • Participar en la elaboración de planes, programas y proyectos en coordinación y cooperación con las unidades orgánicas competentes.
  • Hacer cumplir las disposiciones municipales dentro de su jurisdicción.
  • Gestionar ante los organismos competentes la solución a los problemas y necesidades de la comunidad de su jurisdicción.
  • Brindar orientaciones a la comunidad acerca de los procedimientos administrativos municipales que requieran.
  • Proporcionar los servicios municipales que les compete, brindando atención directa al público y realizando las actividades que las requieran conforme a ley.
  • Proponer a la gerencia municipal y a los órganos competentes la realización de certámenes en beneficio de la comunidad de su ámbito geográfico, en el marco del Plan Integral de Desarrollo Concertado y el Plan de Desarrollo Institucional.
  • Proponer medidas de empoderamiento y desconcentración funcional para la agencia.
  • Coordinar con las organizaciones sociales de base para identificar sus necesidades y presentar alternativas de solución o transmitirlas a las unidades orgánicas correspondientes.
  • Velar por el cumplimiento de las disposiciones municipales, para lo cual podrá requerir el apoyo de la Policía Nacional del Perú o el serenazgo municipal.
  • Fomentar la participación vecinal en las actividades que realiza la municipalidad.
  • Orientar a la comunidad sobre la gestión de los servicios que brinda la municipalidad.
  • Colaborar en las diversas campañas que impulse la municipalidad.
  • Promover la cultura tributaria y el pago de arbitrios e impuestos municipales conforme a ley.
  • Informar periódicamente al gerente municipal de las actividades realizadas por la agencia municipal.
  • Las demás que le sean delegadas por la autoridad superior.

Legislación aplicable

  • Numeral 19 del artículo 9 de la ley orgánica de municipalidades, Ley Nº 27972.