Cómo articular esfuerzos por la seguridad ciudadana entre PNP y Serenazgo
Si bien la Policía Nacional del Perú (PNP) tiene como finalidad garantizar, mantener y restablecer el orden interno, prestando protección y ayuda a las personas y a la comunidad; la municipalidad también tiene funciones en materia de seguridad ciudadana, estableciendo un sistema y la articulación de los servicios de serenazgo, vigilancia ciudadana, rondas urbanas, rondas campesinas o similares.
Los alcaldes provinciales deben coordinar con los alcaldes distritales y la PNP el servicio interdistrital de serenazgo y seguridad ciudadana. Con la finalidad de articular de mejor forma los servicios de seguridad, se constituyen el comité provincial de seguridad ciudadana (Coprosec) y el comité distrital de seguridad ciudadana (Codisec).
Comité provincial de seguridad ciudadana (Coprosec)
Está integrado por:
- El alcalde provincial.
- El subprefecto provincial.
- El jefe policial de mayor grado que preste servicio en la provincia.
- El director de la unidad de gestión educativa local de la provincia.
- La autoridad de salud de la jurisdicción o su representante.
- Un representante del poder judicial, designado por el presidente de la corte superior de la jurisdicción.
- Un representante del ministerio público designado por la junta de fiscales superiores de la jurisdicción.
- Un representante de la oficina defensorial correspondiente.
- Tres alcaldes distritales que cuenten con mayor cantidad de electores.
- El coordinador provincial de juntas vecinales de seguridad ciudadana promovidas por la PNP.
- Un representante de las rondas campesinas existentes en la provincia
Comité distrital de seguridad ciudadana (Codisec)
Está integrado por:
- El alcalde distrital, que lo preside.
- El subprefecto distrital.
- El comisario de la Policía Nacional del distrito
- Un representante del poder judicial, designado por el presidente de la corte superior de la jurisdicción.
- Un representante del ministerio público designado por la junta de fiscales superiores de la jurisdicción.
- Dos alcaldes de municipalidades centros poblados. De existir más de dos centros poblados, los miembros del Codisec los eligen.
- El coordinador distrital de juntas vecinales de seguridad ciudadana promovidas por la PNP.
- Un representante de rondas campesinas que existan.
La articulación de estos comités conlleva a la realización de planes y operativos que optimizan el servicio de seguridad ciudadana en la jurisdicción, permitiendo los patrullajes conjuntos, el uso compartido de información, la asistencia técnica conjunta, entre otros.
La secretaría técnica
Los Coprosec y Codisec desarrollan e implementan planes de acción a nivel provincial y distrital respectivamente. Para tal efecto cuentan con una secretaría técnica que está conformada por profesionales y técnicos especializados y con experiencia en materia de seguridad ciudadana, gestión pública o planeamiento estratégico.
Las funciones de la secretaría técnica son:
- Presentar ante el comité provincial o distrital, según corresponda, de seguridad ciudadana la propuesta de los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana en sus respectivas jurisdicciones; a esto se agrega que presentan el plan de acción provincial o distrital de seguridad ciudadana a su respectiva municipalidad para su aprobación.
- Supervisar el cumplimiento los planes, programas y proyectos provinciales o distritales de seguridad ciudadana, según corresponda, para su aprobación.
- Elaborar el informe de cumplimiento de los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana del distrito que correspondan al Codisec y del conjunto de distritos que correspondan al Coprosec.
- Articular permanentemente con los miembros del Coprosec y Codisec, según corresponda.
- Preparar y sistematizar la información estadística de seguridad ciudadana.
- Promover la organización de las juntas vecinales y la participación ciudadana para fortalecer la seguridad ciudadana de su jurisdicción
- Coordinar los lineamientos y especificaciones técnicas para garantizar la estandarización e interoperabilidad de los sistemas de radio y video vigilancia y radio comunicación con los sistemas de la Policía Nacional del Perú, a fin de tener una cobertura distrital integrada a nivel nacional
- Celebrar convenios institucionales en materia de seguridad ciudadana.
Tanto los Coprosec como los Codisec deben contar con un Plan de acción seguridad ciudadana (PADSC), procediendo para su elaboración con una etapa de diseño, en la que se realiza el diagnóstico, la definición del problema público y la determinación de la situación futura deseada y; otra de formulación, conformada por el marco estratégico del PADSC.
Luego de la validación de la propuesta de PADSC, la secretaría técnica del Codisec dispone su publicación en el portal web de la municipalidad distrital para recabar aportes de la comunidad. Sometido al Codisec, el acta de validación y la propuesta de PADSC debe ser remitida por el alcalde al concejo municipal para su aprobación.
Luego de su aprobación, el PADSC debe tener un seguimiento respecto a las acciones, metas y objetivos propuestos, para identificar las debilidades y se adopten las medidas correctivas más pertinentes.
Al término de la ejecución del PADSC se evalúa el impacto para realizar los ajustes que permitan mejorar la articulación de la PNP con la municipalidad.
Legislación aplicable
- Artículo 85, numeral 3 del artículo 107 y artículo 145 de la ley orgánica de municipalidades, Ley Nº 27972.
- Artículo 3 de la ley orgánica de la Policía Nacional del Perú, Ley Nº 27238.
- Ley Nº 27933, ley del sistema nacional de seguridad ciudadana.
- Reglamento de la Ley Nº 27933, ley del sistema nacional de seguridad ciudadana, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2014-IN.
- Lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los planes de acción distrital de seguridad ciudadana, Directiva Nº 011-2019-IN-DGSC.