Derecho a la desconexión digital en teletrabajo durante la emergencia sanitaria
Si eres un trabajador que está haciendo teletrabajo debido a la pandemia de COVID-19, tienes derecho a desconectarte de los medios informáticos que usas para comunicarte con tu empleador cuando has terminado tu jornada laboral, en tus días de descanso, si estás de licencia o en período de suspensión.
Así lo ha establecido el Gobierno del Perú mediante el Decreto de Urgencia N°127-2020 para proteger tu derecho a la jornada laboral máxima y al descanso, consagrados en el artículo 25 de la Constitución Política del Perú.
Esto significa que no estás obligado a permanecer conectado fuera de tu horario de trabajo a redes sociales, chats, correos electrónicos o similares, con los que coordinas tus labores, ni puedes ser sancionado por ese motivo.
Ten en cuenta que si tienes un cargo de confianza, cuyo tiempo efectivo de trabajo no es controlado, tienes derecho a una desconexión de por lo menos 12 horas continuas, en un período de 24 horas.
Protege tu vida y la de personas con factores de riesgo.