Exportar por courier

Es el procedimiento que te permite exportar o envíar bienes al extranjero, con o sin fines comerciales mediante Empresas de Servicios de Entrega Rápida conocidas como courier (DHL, Fedex, entre otras), hasta por un valor FOB (valor de la mercancía a bordo del transporte designado por el comprador en el lugar de embarque) máximo de US $ 5 000.00 por envío. Si el valor es mayor a este monto, tienes que hacer el trámite de Exportación Definitiva.

Los Envíos de Entrega Rápida son definidos como los documentos, materiales impresos, paquetes u otras mercancías, que requieren de traslado urgente y disposición inmediata por parte del destinatario, transportados al amparo de una guía de envíos de entrega rápida a cargo de empresas courier.

La norma que regula este trámite es el procedimiento DESPA-PG.28 Envíos de Entrega Rápida

Requisitos

  • Contar con el RUC activo y no tener la condición de no hallado o no habido. No están obligados a inscribirse en el RUC, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3° de la Resolución de Superintendencia N° 210-2004/SUNAT:
    • Las personas naturales que realicen importaciones o exportaciones de mercancías de forma ocasional, cuyo valor FOB por operación no exceda de mil dólares americanos (US $ 1,000.00) y siempre que registren hasta tres (3) importaciones o exportaciones anuales como máximo.
    • Las personas naturales que por única vez, en un año calendario, importen o exporten mercancías, cuyo valor FOB exceda los mil dólares americanos (US $ 1,000.00) y siempre que no supere los tres mil dólares americanos (US $ 3,000.00).
  • Comprobante de Pago: Puede ser una factura (copia SUNAT cuando no sea electrónica) o boleta de venta, o declaración jurada de valor cuando no exista venta entre las partes, con la descripción de la mercancía, cantidad, datos del remitente, datos del destinatario y valor. El comprobante de Pago a presentar debe cumplir con la normatividad del Reglamento de Comprobantes de Pago.
  • Documento de Transporte: La Guía de Envíos de Entrega Rápida o Guía courier sustenta el transporte internacional de las mercancías, y para el despacho realizado por el agente de aduana o despachador oficial, debe estar firmado por el dueño o consignatario.
  • Documento de Control: En el caso de mercancías restringidas : Los documentos registrados en el portal de la VUCE ó fotocopia autenticada por el agente de aduana de la autorización o documento de control o declaración jurada firmada por el representante legal del importador en los casos que la norma específica lo señale.
  • Certificado de Origen: Documento que permite a un importador acreditar el país o región de donde se considera originaria una mercancía y sirve para recibir preferencias arancelarias. Para conocer acerca de los Acuerdos Comerciales que tiene el Perú, visita la página del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR Acuerdos Comerciales del Perú
  • Otros documentos que la naturaleza del despacho lo exija.

Modalidad: Online