Solicitar autorización consular de viaje al extranjero para menores de edad

Si estás en el extranjero y necesitas autorizar que tu hijo menor de edad viaje fuera del territorio peruano, debes solicitar una autorización de viaje de menores de edad en las oficinas consulares del país en donde te encuentres.

Este documento, extendido y autorizado por un funcionario consular, permite a ambos padres autorizar que su hijo menor de edad viaje fuera de Perú solo, acompañado por uno de ellos o por otro adulto.

Solo pueden autorizar el viaje los padres que hayan reconocido al menor.

  • Si ambos lo reconocieron, ambos deben firmar.
  • Si solo uno lo hizo, solo esa persona puede autorizar.

En caso de no tener contacto con el otro padre o madre, deberás tramitar una autorización judicial en el Perú, con el apoyo de un abogado y un apoderado nombrado por Escritura Pública.

Si no firmaste la partida por ser menor o por motivos de salud, también deberás reconocer al menor mediante Escritura Pública y seguir el trámite en Perú.

Si tu nombre figura en la partida de nacimiento, pero no reconociste legalmente al menor, no puedes autorizar el viaje. Primero debes hacer el reconocimiento formal.

La autorización de viaje es de un único uso y tiene tres meses de validez desde su emisión.

Ten en cuenta que el plazo de entrega de la autorización será determinado por cada oficina consular.

Requisitos

  • Copia certificada reciente de la partida de nacimiento del menor. A través del enlace: https://apps.reniec.gob.pe/actascertificada, usted podrá obtener una copia certificada del acta de nacimiento. En caso la partida solicitada no se encuentre digitalizada, deberá solicitar una copia de la misma en el Perú.  Para el caso de ciudadanos extranjeros, deberá presentar una copia apostillada.
  • Copia de DNI de ambos padres (o cédula de identidad en caso de ser nacional uruguayo).
  • Copia de DNI y/o pasaporte del menor.
  • Copia de DNI y/o pasaporte de la persona que lo acompañará en el viaje de ser el caso.

Cada caso será revisado cuidadosamente, y de considerarse necesario, se podrán exigir otros documentos de los señalados en los requisitos, conforme lo dispuesto en las leyes vigentes.

Modalidad: Presencial

Costo

US$ 20.00.

Importante

  • El pago se debe realizar en el Banco Itaú, cuenta corriente a nombre de la Embajada del Perú N° 0950230 (se puede pagar por transferencia o buzonera).
  • También puede pagar en ABITAB o REDPAGOS, para lo cual debe brindar todos los datos de la cuenta (tipo de cuenta: cuenta corriente, a nombre de: Embajada del Perú, N° 0950230).
  • En todos los casos, debe traer obligatoriamente el comprobante de pago en físico el día de la cita.
  • El pago debe realizarse por lo menos un día antes de la cita.
  • La Sección Consular NO recibe dinero en efectivo bajo ningún concepto.
  • Una vez realizado el trámite en la oficina consular, el usuario deberá certificar la firma del funcionario consular en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.

Conoce más sobre los trámites y servicios de la Sección Consular de la Embajada del Perú en la República Oriental del Uruguay.