Informe de monitoreo de los Planes de Desarrollo Turístico Local
El monitoreo y evaluación de la implementación del PDTL es responsabilidad del gobierno local. Para tal efecto, emite un informe de implementación al órgano regional competente en materia de turismo dentro de los primeros noventa (90) días calendario de cada año.
Base legal
Artículo 26 del Reglamento de la Ley de la Nueva Ley General de Turismo, Decreto Supremo Nº 002-2026-MINCETUR