Aprobación de Plan Anual de Contrataciones

El Plan Anual de Contrataciones es aprobado por el Titular de la Entidad o por el funcionario a quien se hubiera delegado dicha facultad, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura

Base legal

Numeral 7 de la Quinta Disposición Complementaria Transitoria de la ley de Contratación Pública Decreto Supremo Nº 344-2018-EF