Autorización a alcaldes para aprobar contrataciones directas durante emergencia sanitaria

De manera excepcional, se ha autorizado a los alcaldes y gobernadores regionales a aprobar las contrataciones directas que efectúen en el marco de la emergencia sanitaria por el brote de COVID-19, según lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado (artículo 27.1 b del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, aprobado por el Decreto Supremo N° 082-2019-EF). Esto incluye a las contrataciones que se encuentran pendientes de regularización y las que se realicen a partir de la entrada en vigencia del Decreto de Urgencia N° 102-2020.

Las contrataciones directas aprobadas están sujetas a rendición de cuentas ante el Consejo Regional o el Concejo Municipal, según corresponda.

Base legal: