Guía de Preguntas Frecuentes – CETPRO

Los documentos son una Guía de Preguntas Frecuentes (FAQ) que sintetiza las normativas clave sobre la gestión académica y administrativa de los Centros de Educación Técnico-Productiva (CETPRO) en Perú.

Gestión Académica

Matrícula y continuidad de estudios

  • ¿Los módulos formativos son independientes entre sí?
    Sí. De acuerdo con los Lineamientos Académicos Generales (LAG), los módulos son unidades autónomas que desarrollan competencias específicas y de empleabilidad. El estudiante puede matricularse en uno o varios módulos de manera independiente, siempre que cumpla los requisitos del programa de estudios.
  • ¿Se puede aceptar la matrícula fuera del plazo establecido?
    Sí, siempre que el CETPRO lo contemple en su Reglamento Institucional y se asegure que el estudiante cumpla con las horas de aprendizaje programadas.
  • ¿Qué sucede si un estudiante desaprueba una unidad didáctica?
    Deberá volver a matricularse en los siguientes periodos académicos antes de finalizar su ruta formativa, conforme al numeral 18.4 de los LAG.
  • ¿Cuál es la diferencia entre reserva de matrícula y licencia de estudios?
    La reserva de matrícula se aplica antes del inicio del periodo académico, mientras que la licencia de estudios se otorga a estudiantes ya matriculados que deben suspender temporalmente su formación.
  • ¿Qué son las metas de atención?
    Son los límites máximos de estudiantes que cada CETPRO puede atender según su infraestructura, equipamiento y número de docentes. Sirven como referencia para la programación de plazas y la organización del servicio educativo.
  • ¿Qué ocurre cuando un estudiante interrumpe su formación por varios años y desea retomarla?
    Si el programa se mantiene vigente, podrá reincorporarse previa evaluación de la institución. En caso el plan haya cambiado, el CETPRO aplicará un proceso de convalidación de aprendizajes conforme al numeral 11.5 de los LAG.

Certificación, titulación y registro

  • ¿Qué requisitos se necesitan para emitir certificados modulares?
    El CETPRO debe contar con actas debidamente registradas y visadas, plan de estudios autorizado y evidencias de evaluación y culminación satisfactoria del módulo. No se admiten certificados emitidos solo con declaraciones juradas.
  • ¿Los certificados modulares deben ser visados por la UGEL?
    No. Solo en caso de requerirse el trámite de apostillado, las UGEL deberán visar los certificados y/o títulos.
  • ¿Cuáles son los requisitos generales para la titulación?
    Haber aprobado todas las unidades didácticas y realizado las Experiencias Formativas en Situaciones Reales de Trabajo (EFSRT) de los módulos formativos del programa de estudios, y cumplir con lo dispuesto en el capítulo XIII de los LAG.
  • ¿Qué ocurre si un egresado no realizó su EFSRT en el periodo correspondiente?
    Podrá desarrollarlas posteriormente, siempre que el CETPRO valide la pertinencia y la empresa o institución guarde relación con su programa formativo.
  • ¿Puede el CETPRO exigir una evaluación teórico-práctica adicional para titularse?
    No es obligatorio. El numeral 13.1 de los LAG establece que la titulación se otorga una vez culminada satisfactoriamente la formación modular y las EFSRT.
  • ¿Cómo se numeran los certificados y títulos?
    Los certificados deben registrarse con numeración correlativa anual y los títulos con numeración correlativa continua a nivel institucional, conforme al procedimiento interno aprobado por cada CETPRO.

Experiencias formativas y convalidación

  • ¿Qué son las Experiencias Formativas en Situaciones Reales de Trabajo (EFSRT)?
    Son actividades formativas orientadas a consolidar competencias mediante la práctica en contextos reales de producción o servicios, de acuerdo con el numeral 9 de los LAG.
  • ¿Las EFSRT deben realizarse únicamente en empresas?
    Preferentemente sí, pero también pueden desarrollarse mediante proyectos productivos o simulaciones, según la naturaleza del programa.
  • ¿Qué documentos deben conservarse sobre las EFSRT?
    Las carpetas de seguimiento, fichas de evaluación y actas de calificación, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 9.7 de los LAG.
  • ¿En qué casos procede la convalidación de aprendizajes?
    Cuando un estudiante acredita aprendizajes previos o cuando cambia de plan de estudios o de institución educativa autorizada o licenciada.
  • ¿Se pueden convalidar competencias adquiridas en el trabajo?
    Sí, siempre que la comisión evaluadora del CETPRO verifique la correspondencia entre las competencias adquiridas y las establecidas en el programa de estudios.

Transitabilidad y subsanación

  • ¿Qué es la transitabilidad?
    Es el proceso mediante el cual un estudiante de un CETPRO puede continuar estudios en otro programa o nivel educativo, siempre que exista equivalencia entre las competencias alcanzadas.
  • ¿Puede un estudiante menor de 14 años acceder a la transitabilidad?
    No. La edad mínima de ingreso al ETP es de 14 años, conforme al numeral 16.1 de los LAG.
  • ¿Cuál es el procedimiento para la subsanación de unidades didácticas?
    El estudiante debe cursarlas nuevamente en los siguientes periodos académicos antes de concluir su ruta formativa, conforme al numeral 18.4 de los LAG.
  • ¿Se pueden realizar pasantías docentes entre CETPRO para intercambio de experiencias?
    Sí. De acuerdo con el numeral 14.1 de los LAG, las pasantías se enmarcan en la articulación con el entorno y permiten compartir buenas prácticas pedagógicas.

Gestión Institucional

Programas, cronogramas y actualización

  • ¿El CETPRO puede definir su propio calendario académico?
    Sí, en el marco de su autonomía institucional y conforme a los numerales 17.1 y 17.2 de los LAG.
  • ¿Cómo se actualizan los programas de estudio según el CNOF?
    El CETPRO debe revisar el CNOF vigente, adecuar su oferta formativa y comunicarlo a la UGEL o DRE correspondiente, según los numerales 20.6 y 20.7 de los LAG.
  • ¿Qué ocurre si un programa cuenta con una resolución antigua de autorización?
    Mientras no exista resolución de cierre o cancelación, el programa mantiene vigencia. Esto está respaldado por el Oficio Múltiple N.º 00047-2025-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA.
  • ¿Cuál es la diferencia entre un módulo y una unidad didáctica de formación continua?
    Un módulo formativo en la formación continua está orientado al desarrollo, actualización o reconversión de competencias. La unidad didáctica forma parte de un módulo formativo y está orientada al desarrollo de capacidades.
  • ¿Puede un CETPRO ofrecer servicios adicionales?
    Sí, siempre que se enmarquen en actividades de formación continua o productiva autorizadas, conforme al D.S. N.º 028-2007-ED.

Documentos técnico-pedagógicos y reporte de información

  • ¿Existen formatos únicos para los documentos pedagógicos?
    Sí, aquellos que forman parte de los LAG para CETPRO (Anexo 6). Sin embargo, cada CETPRO puede elaborar sus propios formatos de planificación, seguimiento y evaluación, conforme a su autonomía institucional.
  • ¿Cómo debe reportarse la información académica?
    A través del sistema AVANZA, considerando los numerales 17.2, 18.4 y 20.5 de los LAG.
    La información debe ser exacta y validada antes de su envío a la UGEL o DRE.
  • ¿Qué debe hacer un CETPRO si no cuenta con registros o actas de años anteriores para el reporte en AVANZA?
    Debe reconstruir la información con respaldo documental y validarla con la UGEL o DRE correspondiente, evitando inconsistencias que afecten la emisión de certificados o títulos.