Retribución al Estado
La Retribución al Estado (RE) es la contraprestación económica que pagan los concesionarios según lo que señalen sus contratos de concesión de infraestructura de transporte de uso público, suscritos por el Estado peruano a través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). Según el contrato de concesión, el concesionario paga la RE al concedente directamente o al Ositrán.
El Reglamento para el pago de la Retribución al Estado por Concesiones de Infraestructura de Transporte de Uso Público y su Supervisión, aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N.° 063-2015-CD-OSITRAN, establece las disposiciones aplicables a los pagos por Retribución al Estado y los procedimientos para la supervisión de dichos pagos, salvo que el contrato de concesión disponga lo contrario.
Obligaciones:
Los concesionarios obligados al pago de la RE deben:
- Presentar la Declaración Jurada de Retribución al Estado.
- Presentar el Informe de Auditores Externos y el Anexo III.
- Cumplir las demás obligaciones establecidas en la Resolución de Consejo Directivo N.° 063-2015-CD-OSITRAN o la norma que la sustituya.
Toma en cuenta que puedes presentar tu declaración jurada y otros documentos relacionados a la Retribución al Estado a través de la Mesa de Partes del Ositrán o al correo electrónico: retribucion@ositran.gob.pe.