Solicitar poder por escritura pública como persona jurídica en el extranjero
Si representas a una persona jurídica, estás en el extranjero y necesitas otorgar las facultades de representación en el Perú a un tercero para realizar diversas gestiones, debes solicitar un poder por escritura pública en las oficinas consulares del país en donde te encuentras.
Mediante este poder, podrás facultar a otra persona a:
- Disponer de todos tus bienes.
- Representarte en procesos judiciales.
- Transferir propiedad (muebles e inmuebles).
- Vender acciones.
- Constituir empresas.
- Otros actos previstos por ley y cuyos pagos o cobros que sean mayores de 3 UIT o S/ 16,050.00 .
Ten en cuenta que este poder tendrá vigencia hasta que lo revoques mediante otra escritura pública.
Requisitos
- Cita reservada mediante el sistema de citas adjuntando los siguientes documentos:
- Texto de la minuta de otorgamiento de poder en formato Word (que es el texto donde se establecen las cláusulas que contienen las facultades a delegar). Revisa los siguientes modelos referenciales.
- Certificado actualizado de "Good standing" del Estado de Florida.
- La hoja de datos de la empresa emitida por Florida Department of State – Division of Corporations donde debe figurar el nombre y cargo del representante.
- Dar conformidad por correo electrónico al Proyecto de escritura pública que los responsables de la oficina consular te enviarán. De no haber respuesta, la cita será cancelada.
- Precisar la oficina registral de Sunarp en la que se inscribirá el poder.
- Acudir a la cita programada e identificarse con el mismo documento utilizado para la elaboración del Proyecto de escritura pública. Sin ese documento no podrás ser atendido.
- Firmar y cancelar el costo de la Escritura Pública (el día de tu cita). El pago se hace en efectivo (monto exacto) o mediante Money Order.
- Otorgantes de tercera edad con énfasis a partir de los 80 años
- Al momento de hacer la cita deben adjuntar un certificado médico suscrito por un doctor habilitado en Florida que certifique que el otorgante se encuentra en pleno uso de sus facultades mentales.
- Si el poderdante es un ciudadano extranjero que no conoce el idioma castellano
- Indicar este desconocimiento al hacer la cita, precisando los datos de un intérprete, cuya información será consignada en el texto de la Escritura.
- El día de la cita, el intérprete deberá concurrir a la oficina consular portando su documento de identidad, conjuntamente con el solicitante.
- El solicitante y el intérprete firmarán y colocarán sus huellas digitales sobre la escritura pública.
- Si el otorgante no puede firmar
- Indicar esta imposibilidad al hacer la cita, precisando los datos de un testigo que goce de plena capacidad y ejercicio de sus derechos y que además, conozca el idioma castellano (no debe ser familiar directo: padres, hermanos, tíos).
- El día de la cita, el testigo deberá concurrir a la oficina consular portando su documento de identidad, conjuntamente con el solicitante.
- El testigo firmará y colocará su huella digital sobre la escritura pública, y el solicitante solo su huella.
Modalidad: Presencial
Hazlo en 4 pasos:
1. Saca tu cita
Ingresa al sistema de citas. Selecciona la opción “Escrituras públicas”, y elige un día y hora disponible para tu atención. Coloca tus datos en el formulario y adjunta lo siguiente:
a) Texto de la minuta de otorgamiento de poder en formato Word (texto donde se establecen las cláusulas que contienen las facultades a delegar). Revisa los siguientes modelos referenciales.
b) Certificado actualizado de "Good standing" del Estado de Florida.
c) La hoja de datos de la empresa emitida por Florida Department of State – Division of Corporations donde debe figurar el nombre y cargo del representante.
Seguidamente, haz clic en el botón “Confirmar cita”.
2. Revisa el proyecto
Días antes de tu cita, el área de Escrituras públicas te enviará por correo electrónico el Proyecto de escritura pública y el costo de esta para tu revisión final. Es crucial que respondas el correo electrónico con tu conformidad, de lo contrario, la cita será cancelada.
3. Ve al consulado
Llega 10 minutos antes de la hora agendada a 1401 Ponce de Leon Blvd, Coral Gables, Miami, FL 33134 e identifícate con el mismo documento que utilizaste para la elaboración de la Escritura. Sin la presentación de dicho documento no podrás ser atendido.
4. Recibe tus documentos
El mismo día de tu cita, luego de firmar la Escritura Pública y haber realizado el pago (monto exacto en efectivo o mediante Money Order), el Parte consular (documento necesario para la inscripción del poder) será enviado de forma digital a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) a través del Sistema de Intermediación Digital Consular (SIP-SUNARP) implementado por el Consulado General del Perú en Miami.
En el caso de “Ampliaciones de poder”, “Revocatorias de poder” u otros actos distintos a “Otorgamiento de poder”, se le entregará al usuario el Parte Consular(en formato físico). Este documento deberá ser enviado a la persona encargada en Perú, quien deberá seguir el procedimiento de legalización en dos pasos para su validez:
- Legalizar la firma del cónsul en el Área de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
- Presentar el documento legalizado en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) para su debida inscripción.
Conoce más sobre los trámites y servicios del Consulado General del Perú en Miami.
- Si falta algún documento o dato en tu solicitud, la oficina consular te notificará por correo electrónico. Debes responder a este correo al menos dos días hábiles antes de tu cita.
- Es tu responsabilidad, como poderdante, asegurarte de que todos los datos personales (nombre, apellidos, estado civil, etc.) sean correctos. Cualquier error en la escritura pública la invalida y requiere la emisión de una nueva escritura pública, de acuerdo con el artículo N° 48 de la Ley del Notariado y 447 del Reglamento Consular del Perú.
- Los modelos de minuta son referenciales, y su uso es de tu entera responsabilidad, por lo que se recomienda que sean revisados por un abogado.
- Para consultas adicionales envía un mensaje a escrituras@consulado-peru.com