2. Incorporación de Inversiones No Previstas al PMI del Sector PCM
La Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) tiene a su cargo la evaluación de las inversiones no previstas que soliciten ser registradas en el Programa Multianual de Inversiones del sector, correspondiente al año en curso.
Ello, en el marco de lo indicado en el Anexo N° 05: Lineamientos para las Modificaciones de la Cartera de Inversiones del PMI, de la Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
¿Qué se debe identificar como paso previo a la solicitud de evaluación?
Para la evaluación de estas solicitudes se debe identificar inicialmente, de qué tipo es la solicitud de incorporación no prevista, existiendo los siguientes tipos:
- Continuidad: Inversión en la fase de ejecución, que no se encuentra programada en la cartera de inversiones vigente, pero que sí estuvo programada en la cartera de inversiones del año anterior, en el cual se tenía previsto su culminación.
- Ampliación: Inversión programada en la cartera de inversiones vigente, que cuenta con programación hasta el año 0 o 1 y requiere ampliarse hasta el año 1 o 2 respectivamente, por modificaciones del plazo de ejecución.
- Adelantada: Inversión que se encuentra programada a partir del año 1 o 2 de la cartera de inversiones vigente, y que requiere ser adelantada al año 0 para su ejecución.
- Migración: Inversión registrada en la cartera de inversiones vigente de una entidad que requiere trasladarse a la cartera de inversiones de otra entidad por su participación en la ejecución o financiamiento parcial o total.
- Nueva: Inversión que no se encuentra programada en la cartera de inversiones vigente, que requiere ser incorporada para iniciar su ejecución, siguiendo el orden de prelación determinado en la referida cartera de inversiones.
¿Cuáles son los requisitos para el registro de inversiones no previstas?
El informe técnico que sustentará el registro de la inversión deberá contener la información citada en el numeral IV del Anexo 5 de la Directiva General del SNPMGI, en el cual se presenta los requisitos según los tipos de solicitudes de incorporación de inversiones no previstas.
Resultados del proceso de evaluación
Como resultado del proceso, la OPMI del Sector PCM emite opiniones técnicas sobre las inversiones para las que se solicita su opinión.
Estas opiniones pueden ser:
- Favorables, cuando cumplen con los requisitos establecidos.
- Con observaciones, cuando no cumplen con alguno o algunos de los requisitos solicitados en el Anexo 5 de la Directiva General del SNPMGI.
Los resultados permiten actualizar la cartera de inversiones del PMI vigente de la entidad, el cual debe ser registrado por la OPMI en Módulo de Programación Multianual de Inversiones.
Entidad responsable
Está a cargo de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI), unidad orgánica dependiente de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP) del Sector Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
La incorporación de inversiones no previstas en el PMI se realiza durante el año en ejecución, considerando su naturaleza excepcional.
Para el caso de una inversión no prevista nueva, la OPMI deberá evaluar la oportunidad de su incorporación al PMI considerando, el cronograma previsto para la ejecución de la inversión, que sustente que la inversión iniciará su ejecución en el año en ejecución.
Para el caso de migración, la OPMI que requiere programar la inversión deberá solicitarla a la OPMI que tiene programada la inversión a través del Módulo de Programación Multianual de Inversiones, previa coordinación. Si tuvieras alguna consulta sobre esta gestión realizarla al correo electrónico: smanco@pcm.gob.pe.