Opiniones técnicas sobre inversiones del Sector PCM
La Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) emite opiniones técnicas sobre los proyectos de inversión que se encuentran dentro de su ámbito de responsabilidad funcional, conforme al marco establecido por el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (SNPMGI).
Estas opiniones constituyen un acto técnico-administrativo mediante el cual la OPMI evalúa la pertinencia y coherencia sectorial de las inversiones, verificando que se formulen, aprueben y ejecuten de acuerdo con los criterios, metas y prioridades del Programa Multianual de Inversiones (PMI) del Sector PCM.
A través de este proceso, la OPMI garantiza que los recursos públicos destinados a la inversión se orienten al cierre de brechas y a la mejora efectiva de los servicios públicos, conforme a los principios de eficiencia, eficacia y transparencia que rigen la gestión de inversiones del Estado.
Base normativa
Las funciones relacionadas con la emisión de opiniones técnicas están expresamente reguladas por:
- Decreto Legislativo N.º 1252, que crea el SNPMGI:
- Artículo 10, numeral 10.3, inciso 10: “Verificar que las inversiones bajo su ámbito de responsabilidad funcional se formulen, aprueben y ejecuten conforme a los criterios y prioridades establecidos en la programación multianual de inversiones.”
- Reglamento del Decreto Legislativo N.º 1252, aprobado por Decreto Supremo N.º 284-2018-EF:
- Artículo 10, numeral 10.3, inciso 14: “Emitir opinión sobre la pertinencia de las inversiones que se enmarquen en el ámbito de su responsabilidad funcional contenidas en el Programa Multianual de Inversiones de las entidades de los gobiernos regionales y locales, de acuerdo con los criterios que establezca la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones en coordinación con los sectores respectivos.”
Estos artículos sustentan jurídicamente la facultad de la OPMI del Sector PCM para evaluar y emitir opiniones técnicas dentro del ciclo de inversión.
¿Qué es una opinión técnica?
La opinión técnica es un documento formal que expresa la evaluación de la OPMI respecto al cumplimiento de los criterios técnicos, metodológicos y sectoriales establecidos en el SNPMGI.
Cada opinión se emite antes de la aprobación o ejecución de una inversión y puede tener los siguientes resultados:
- Favorable: cuando la inversión cumple con los criterios del sistema y se encuentra alineada al ámbito funcional del sector.
- Con observaciones: cuando la inversión requiere ajustes técnicos o metodológicos para cumplir con dichos criterios.
Estas opiniones son indispensables para determinar la pertinencia sectorial de las inversiones y asegurar que su formulación responda a los objetivos públicos del sector.
Finalidad
La emisión de opiniones técnicas tiene como propósito:
- Asegurar la coherencia sectorial de las inversiones respecto a los objetivos y metas del Programa Multianual de Inversiones del Sector PCM.
- Garantizar el uso eficiente y transparente de los recursos públicos destinados a inversión.
- Contribuir a la calidad técnica de los proyectos de inversión y acciones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación (IOARR).
- Servir como insumo para la asistencia técnica y el seguimiento de inversiones que realiza la OPMI.
Entidad responsable
La Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI), unidad orgánica dependiente de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP) de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), es la responsable de emitir las opiniones técnicas sobre inversiones dentro del ámbito de responsabilidad funcional del Sector PCM.
Contacto:
- Dirección: Calle Schell 310, piso 8, Miraflores, Lima.
- Responsable: Sandra Manco - smanco@pcm.gob.pe