FASE 01: Tránsito de entidades públicas al régimen del Servicio Civil
La Comisión de Tránsito
La Comisión de Tránsito está encargada de difundir, impulsar y supervisar el proceso de tránsito de la entidad al régimen del Servicio Civil. Se conforma de la siguiente manera (*):
1. El Secretario General, Gerente General o quien haga sus veces, en tanto máxima autoridad administrativa, quien presidirá la comisión.
2. El responsable del área de Recursos Humanos o el que haga sus veces.
(*) En el caso de las entidades públicas del poder ejecutivo comprendidas en los literales a y g del artículo 1 de la Ley N°30057, Ley del Servicio Civil, no se encuentran obligadas a conformar su comisión de tránsito; sin embargo, las entidades públicas que a la fecha cuentan con una comisión conformada, esta cumple con las responsabilidades establecidas en el numeral 6.3 del artículo 6 de la Directiva N°001-2024-SERVIR-GDSRH “Lineamientos para la implementación del Régimen del Servicio Civil de la Ley N°30057, Ley del Servicio Civil, en las entidades públicas”.
Para el tránsito de las entidades públicas al régimen del Servicio Civil, la entidad debe cumplir con las siguientes etapas:
- Etapa 1: Análisis Situacional respecto a los recursos humanos: En esta etapa las entidades recogen información de puestos/cargos y posiciones con los que cuenta la entidad pública, al momento de ejecutar esta etapa.
- Etapa 2: Estructura de recursos humanos para el régimen del Servicio Civil: En esta etapa las entidades proponen una estructura de recursos humanos bajo régimen del Servicio Civil que evidencie alineamiento con su razón de ser y garantice equilibrio y sostenibilidad presupuestal.
- Etapa 3: Valorización de los puestos: En esta etapa se determina la compensación económica de los puestos bajo el régimen del Servicio Civil, de acuerdo con el Reglamento de Compensaciones de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y sus normas complementarias; y se elabora la propuesta de Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE).
Instrumentos de gestión que se obtienen de la Fase 1
Para culminar con la Fase 1 del proceso de tránsito, las entidades públicas deben contar con dos instrumentos de gestión:
Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE)
Instrumento de gestión que contempla los puestos y posiciones que se encuentran bajo el régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, que requiere la entidad, la valorización de los mismos y el presupuesto asignado a cada uno de ellos, incluidos los puestos vacantes. Adicionalmente, el CPE incluye los puestos/cargos de las carreras especiales y de los regímenes de los Decretos Legislativos Nos 276, 728 y 1057, según corresponda. El CPE, tras su aprobación, reemplaza al Cuadro para Asignación del Personal Provisional (CAP Provisional) y al Presupuesto Analítico de Personal (PAP).
BASE NORMATIVA
▷ Resolución de Presidencia Ejecutiva N°000017-2024-SERVIR-PE, que aprueba la Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH, Diseño y estructura de puestos y posiciones para la elaboración, aprobación, administración y modificación del Cuadro de Puestos de la Entidad.
HERRAMIENTAS Y FORMATOS RELACIONADOS
▷ Matriz del proceso de tránsito.
▷ Registro de Contratación Directa – Sección de Servidores de Confianza
Manual de Perfiles de Puestos (MPP)
Instrumento de gestión, en el que se describen de manera estructurada los perfiles de puestos/cargos estructurales de la entidad pública. Una vez que se aprueba el MPP con todos los perfiles de puestos y cargos, pasa a reemplazar al MCC y/o al Manual de Organización y Funciones (MOF). (**)
(**) Para el caso de las entidades públicas del Poder Ejecutivo comprendidas en los literales a) y g) del artículo 1 de la presente Ley, para la aprobación de su CPE la entidad debe contar con el MPP que contenga, como mínimo, los puestos de funcionarios públicos y servidores de confianza. Las entidades públicas culminan la elaboración de todos los perfiles de puestos que contiene su MPP en el plazo de un (1) año, contado desde la aprobación de su CPE.
BASE NORMATIVA
▷ Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000018-2024-SERVIR-PE, que aprueba la Directiva N° 003-2024-SERVIR-GDSRH, Diseño de perfiles de puestos y elaboración, aprobación, administración y modificación del Manual de Perfiles de Puestos.
HERRAMIENTAS Y FORMATOS RELACIONADOS
▷ Anexo N° 1 - Formato de Perfil de Puesto - Directiva N° 003-2024-SERVIR-GDSRH.
▷ Anexo N° 2 - Formato de Perfil de Puesto - Directiva N° 003-2024-SERVIR-GDSRH.
▷ Anexo N° 3 - Glosario de habilidades sugeridas - Directiva N° 003-2024-SERVIR-GDSRH.
▷ Anexo N° 4 - Reporte de Incidencias y Excepciones - Directiva N° 003-2024-SERVIR-GDSRH.
▷ Anexo N° 5 - Subniveles y subcategorías por años de experiencia - Directiva N° 003-2024-SERVIR-GDSRH.
▷ Anexo N° 6 - Esquema del MPP - Directiva N° 003-2024-SERVIR-GDSRH.