Sucamec establece reglas para uso de uniformes e implementos del personal de seguridad privada durante prestación de servicios

Nota de prensa
✓ A través de RS N° 1663-2023-SUCAMEC, entidad aprobó Directiva que regula características, especificaciones técnicas, emblemas y distintivos de los uniformes que usa el personal de seguridad privada.
Sucamec establece reglas para el uso de uniformes e implementos del personal de seguridad durante la prestación de servicios de seguridad privada a nivel nacional

Fotos: Sucamec

29 de noviembre de 2023 - 10:57 a. m.

La Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec), conforme a sus facultades, emitió la Resolución de Superintendencia N° 1663-2023-SUCAMEC, que aprueba la Directiva que regula las características, especificaciones técnicas, emblemas y distintivos del uniforme e implementos del personal de seguridad que presta o desarrolla servicios de seguridad privada; definiendo así las reglas para su registro y uso a nivel nacional. 
 
De esta manera, la citada norma, que entró en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, permitirá que la Sucamec continúe fortaleciendo el control en materia de servicios de seguridad privada en todo el territorio nacional a través de un registro del diseño de los uniformes, distintivos, emblemas e implementos que utilizan quienes se dedican al mencionado rubro. 
 
El aprobado instrumento normativo establece los aspectos técnicos del uniforme del personal de los servicios de seguridad privada, de aplicación obligatoria en las modalidades de Servicio de Vigilancia Privada, Servicio de Transporte y Custodia de Dinero y Valores, Servicio de Custodia de Bienes Controlados, Servicio de Seguridad en Eventos y Servicio de Protección por Cuenta Propia.
 
En esa línea, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Decreto Legislativo N° 1213, la Sucamec ha establecido importantes reglas aplicables para el registro y uso de uniformes e implementos durante la prestación de los servicios de seguridad privada, incluyendo la regulación de su diseño, color y demás características, los cuales no deben ser iguales, ni tener similitud o provocar confusión con los uniformes de uso exclusivo por el personal militar de las Fuerzas Armadas o el personal policial de la Policía Nacional del Perú.
 
Además, la entidad informó que la medida busca otorgar distinción, protección, soltura y comodidad al personal de seguridad durante el desempeño de sus actividades de servicios de seguridad privada, por medio del uso de un uniforme que no sea igual, ni similar o cause confusión con los uniformes de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional del Perú. Asimismo, realizar un adecuado control mediante el registro de sus respectivos diseños.
 
En ese sentido, la Directiva coadyuvará con los fines institucionales de la Sucamec y del Sector Interior, preservando el orden interno, el orden público y la seguridad ciudadana; debido a que un uso mal regulado podría será utilizado para fines delictivos, como se ha puesto en evidencia en algunos informes periodísticos.
 
TRÁMITE DE REGISTRO DE UNIFORMES
 
La Sucamec recordó a las empresas de servicios de seguridad privada que están obligadas a registrar ante dicha entidad los uniformes, emblemas distintivos e implementos de su personal de seguridad. Para ello, deben remitir el Formulario Único de Trámite (FUT) y sus respectivos anexos, debidamente llenado y firmado por el representante legal, de forma presencial o de forma virtual, a través de los siguientes medios:
 
1.    Presentación de forma presencial. El FUT y los anexos impresos pueden ser presentados en la sede principal u oficinas desconcentradas de la Sucamec a nivel nacional, conócelas aquí.
 
2.    Presentación de forma virtual. El FUT y los anexos son presentados formando un solo archivo de formato PDF, con un tamaño máximo de cinco (5) megabytes; dicho archivo se presenta a través de la mesa de partes virtual de la Sucamec cuyo correo electrónico es: mesadepartes@sucamec.gob.pe. 
 
3.    Presentación mediante plataforma SEL. En cuanto se habilite el módulo de registro, las solicitudes de registro de uniformes serán tramitadas y registradas de forma virtual a través de la Plataforma SEL, cuyo uso se tornará obligatorio conforme a lo señalado en el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1213.  Ingresa aquí a nuestra plataforma SEL.
 
Una vez recibida la documentación, la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada de la Sucamec verificará que los uniformes propuestos no sean similares o provoquen confusión con la indumentaria de las FF.AA. o la PNP, y remitirá un oficio respuesta al buzón electrónico asignado por la Sucamec, mediante el cual comunicará el registro del uniforme(s) propuesto(s).
 
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
 
La entidad también explicó, que las personas jurídicas que prestan servicios de seguridad privada bajo las modalidades de Servicio de Vigilancia Privada, Servicio de Transporte y Custodia de Dinero y Valores, Servicio de Custodia de Bienes Controlados, Servicio de Seguridad en Eventos y Servicio de Protección por Cuenta Propia, tienen seis (6) meses para adecuarse a la presente Directiva y registrar sus uniformes.
 

Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional