Modificar una concesión de beneficio para instalar o construir instalaciones adicionales sin modificar la capacidad instalada y sin ampliar el área aprobada
Si como pequeño productor minero, titular de una concesión de beneficio, deseas realizar nuevas instalaciones sin ampliar el área que te otorgaron ni modificar la capacidad instalada, debes hacer una solicitud al gobierno regional correspondiente.
Podrás instalar o construir componentes adicionales que incluyen depósitos de relaves o plataformas de lixiviación (PAD), estructuras que se emplean para el almacenamiento y tratamiento de minerales, y sus recrecimientos; o mejoras de procesos sin modificar la capacidad instalada y sin ampliar el área de la concesión.
La autorización de funcionamiento es de vigencia indeterminada.
Requisitos
- Solicitud dirigida a la Dirección General de Minería o Gobierno Regional, a través del formulario electrónico vía extranet del portal web del Ministerio de Energía y Minas (Minem), con los requisitos exigidos en los literales a), c), e) y f) del numeral 30.1 del artículo 30 del Reglamento de Procedimientos Mineros. Para ello, debes tener tu usuario y contraseña en la extranet.
- Copia de la constancia de pago del derecho de vigencia.
- Memoria descriptiva de la planta de beneficio y de sus instalaciones o componentes principales y auxiliares de acuerdo al Anexo II del Reglamento de Procedimientos Mineros.
- Número de la resolución que aprueba el instrumento de gestión ambiental y del informe que lo sustenta.
Modalidad: Presencial
Hazlo en 3 pasos:
1. Presenta tu solicitud
Acércate a la mesa de partes de la Dirección Regional de Energía y Minas e Hidrocarburos, ubicada en Jirón Piura 850, Tambopata, Madre de Dios, de lunes a viernes de 7:00 a. m. a 1:00 p. m. o de 2:00 p. m. a 4:00 p. m., y presenta tus documentos.
En ese momento, el funcionario verificará tu documentación y te orientará por si debes subsanar alguna observación.
2. Paga tu trámite
Acércate a la caja de la entidad, que está ubicada en el mismo edificio, y cancela S/ 2,186.30 en efectivo por derecho de trámite. Guarda tu comprobante de pago.
Al finalizar, recibirás un número de expediente con el que puedes hacer seguimiento a tu solicitud escribiendo al correo electrónico mdedios@minem.gob.pe o llamando al teléfono (082)571108, dentro del horario de atención.
3. Recibe la resolución
En un plazo máximo de 90 días hábiles, desde la recepción de tu documentación, regresa a la mesa de partes, en el horario de atención, y recoge tu resolución de modificación.