Comisión Especial para los Refugiados

Descripción

La Comisión Especial para los Refugiados (CEPR) es órgano encargado de recibir, estudiar, procesar, resolver lo correspondiente a la solicitud de reconocimiento de refugio, y revisar periódicamente las calificaciones. Asimismo, decide sobre el tratamiento y la aplicación del estatuto a que tiene derecho el así declarado y vela por que todas las entidades intervinientes en materia de refugio cumplan con los acuerdos contenidos en los Instrumentos internacionales signados por el Perú.

La CEPR está conformada por el Director/a de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Director/a de Seguridad del Estado de la Policía Nacional del Perú, el Director/a de Asistencia al Nacional del Ministerio de Relaciones Exteriores; así como, el Secretario Ejecutivo designado por el Presidente de la Comisión Especial para los Refugiados y un representante de Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).

Información de contacto

Secretaría Ejecutiva de la Comisión Especial para los Refugiados

  • Central telefónica: (+51) 01 204 3127
  • Horario de atención telefónica: de lunes a viernes de 8 a. m. a 5 p. m.
  • Correos electrónicos de consulta: solicitantesrefugio@rree.gob.pe (solicitantes de refugio), refugiados@rree.gob.pe (refugiados reconocidos).