Los proyectos de ley 697, 862, 908 y 943 representan un retroceso para la #ReformaUniversitaria.

¿Es cierto que la Sunedu afecta la autonomía universitaria?

Es falso que los proyectos de ley aprobados busquen ‘restablecer’ la autonomía universitaria. De acuerdo a la Ley Universitaria 30220, las universidades se rigen por sus propios estatutos y la Sunedu, en su ejercicio de control en representación del Estado, no interfiere con dicha autonomía. Así lo sentenció el Tribunal Constitucional en el 2014. 

¿Quiénes encabezan la Sunedu?

La Sunedu es un organismo técnico especializado cuyo órgano de mayor jerarquía es el Consejo Directivo, conformado por el Superintendente, la o el titular del Concytec y cinco miembros elegidos por concurso público. 

¿Cómo se verá afectado el Consejo Directivo de la Sunedu?

Los PL aprobados modifican la fórmula del Consejo Directivo. Este pasará de tener miembros independientes elegidos por concurso público a estar conformado, en mayoría relativa, por representantes de universidades. Así, la Sunedu pasará de ser un organismo técnico e independiente a uno en el que las universidades supervisadas tendrán voz y voto en las normas relacionadas a su regulación, en una conformación similar a la ex Asamblea Nacional de Rectores (ANR).

¿Cómo se elige actualmente al Consejo Directivo? 

Para formar parte del Consejo, se exige contar con vasta experiencia en docencia, investigación y/o gestión universitaria, además de poseer el grado académico de doctor. Actualmente, las y los integrantes del Consejo cumplen tales exigencias, cuentan con una reputación intachable y sus miembros han sido ratificados por el Consejo Nacional de Educación.

En este nuevo escenario, ¿existen requisitos para integrar el Consejo Directivo?

No. Según los PL aprobados, los representantes de las universidades serán elegidos sin concurso público y sin cumplir criterios de meritocracia. Lo mismo sucederá con el representante del colegio de profesionales, para el que tampoco se establecen requisitos mínimos en su elección. 

¿Cómo se verá afectada la capacidad de fiscalización de la Sunedu?

Los proyectos de ley impiden a la Sunedu continuar su trabajo de evaluación de programas priorizados. Esto supondría la eliminación del actual licenciamiento de programas de Medicina y del próximo licenciamiento de programas de Educación. Además, se le quita la facultad de actualizar y mejorar las Condiciones Básicas de Calidad exigidas a las universidades para obtener y mantener el licenciamiento institucional.

¿Dónde queda el Ministerio de Educación? ¿Qué pasará con las universidades públicas?

Los proyectos de ley desconocen el rol del Ministerio de Educación como rector de la educación superior en Perú. Esto pone en peligro el financiamiento que las universidades públicas reciben para adecuarse a las Condiciones Básicas de Calidad. 

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