Sunass modifica el procedimiento de revisión tarifaria de empresas prestadoras establecido por impacto de la covid-19

Nota de prensa
Treinta y cinco empresas prestadoras solicitaron revisión tarifaria por consecuencias de la COVID-19 para el cumplimiento de sus programas de inversión y metas de gestión.

27 de diciembre de 2021 - 1:23 p. m.

La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) modificó tres artículos de la Resolución de Consejo Directivo N.° 016-2020-SUNASS-CD, con la que se determinó el procedimiento de revisión tarifaria de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (empresas prestadoras) ante la imposibilidad de cumplir sus programas de inversión y metas de gestión, por el impacto económico que significó la pandemia por la COVID-19.
 
Cabe recordar que tras la emisión del Decreto de Urgencia N.°036-2020, se aprobó la Resolución de Consejo Directivo N.° 016-2020-SUNASS-CD, la cual estableció medidas para asegurar la continuidad de la prestación de los servicios de saneamiento a través de un procedimiento de revisión tarifaria para las empresas prestadoras.
 
El referido procedimiento consta de tres etapas: contención (en la que se suspenden las metas de gestión y los incrementos tarifarios de las empresas prestadoras); transición (en la cual se determinan ajustes tarifarios provisionales y nuevos porcentajes de depósito mensual al fondo de inversiones y reservas) y recuperación (donde se determinan metas de gestión, nuevos porcentajes de depósito mensual al fondo de inversiones y reserva, así como ajustes tarifarios y reordenamiento tarifario, de ser el caso). 
 
Al respecto, mediante la Resolución de Consejo Directivo N.° 082-2021-SUNASS-CD publicada ayer, se modificaron los párrafos 4.4, 6.1, 7.6 y 7.8 de la Resolución de Consejo Directivo N.° 016-2020-SUNASS-CD con el objetivo de dotar mayor dinamismo en el procedimiento de revisión tarifaria. Cabe recordar que a la fecha hay 35 empresas prestadoras que se han acogido al procedimiento de revisión tarifaria, de las cuales 21 cuentan con periodos regulatorios vigentes y se encuentran en la etapa de contención.
 
En ese marco, una primera modificación establece que, ahora, la etapa de transición es opcional, a fin de agilizar el proceso de revisión tarifaria y se ejecutará solo si fuese necesario; en caso contrario, se continuará con la siguiente etapa, la cual se denomina de recuperación.
 
En esta etapa, solo será necesario convocar a audiencia pública si las medidas a aplicarse generan variaciones en la fórmula o estructura tarifaria que afecten a los usuarios. La norma establece ahora un plazo para que los interesados puedan remitir sus comentarios en caso no se realice una audiencia pública.
 
Adicionalmente, se amplió el plazo de la Sunass para realizar el procedimiento de revisión tarifaria hasta el 31 de diciembre del 2022, período que inicialmente vencía el 31 de diciembre de 2021. 
 
Las modificaciones introducidas por la Resolución de Consejo Directivo N.° 082-2021-SUNASS-CD tienen por finalidad garantizar un procedimiento de revisión tarifaria más dinámico en beneficio de la viabilidad económico-financiera de las empresas prestadoras.