Resolución Jefatural N.° 000004-2024-CT-GG-OA
RESOLUCIÓN JEFATURAL-000004-2024-CT-GG-OA
29 de enero de 2024
Artículo 1°. - RECONFORMAR la Comisión de Inventario de bienes muebles patrimoniales y existencias del Sistema Nacional de Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - SINEACE, correspondiente al año 2023, la misma que quedará redactada de la siguiente manera:
| TITULARES | SUPLENTES
| Presidente | Osmar Wilfredo Herrera Barahona | Lisset Karen Morales Agüero
| Miembro | Ketty Edeli Eugenio Felipa | Gilmer Sánchez Salazar
| Miembro | Carlos Alonso Jiménez Pintado | Yesenia Margot Sheron Pardo
Artículo 2°. - NOTIFICAR la presente resolución a los miembros que integran la Comisión de Inventario de bienes muebles patrimoniales y existencias del SINEACE, quienes ejecutarán las acciones correspondientes de conformidad a lo establecido en la Directiva Nº0006-2021-EF/54.01 Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento y la Directiva N° 0004-2021-EF/54.01 - Directiva para la gestión de almacenamiento y distribución de bienes muebles.
| TITULARES | SUPLENTES
| Presidente | Osmar Wilfredo Herrera Barahona | Lisset Karen Morales Agüero
| Miembro | Ketty Edeli Eugenio Felipa | Gilmer Sánchez Salazar
| Miembro | Carlos Alonso Jiménez Pintado | Yesenia Margot Sheron Pardo
Artículo 2°. - NOTIFICAR la presente resolución a los miembros que integran la Comisión de Inventario de bienes muebles patrimoniales y existencias del SINEACE, quienes ejecutarán las acciones correspondientes de conformidad a lo establecido en la Directiva Nº0006-2021-EF/54.01 Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento y la Directiva N° 0004-2021-EF/54.01 - Directiva para la gestión de almacenamiento y distribución de bienes muebles.
Artículo 3°. - DISPONER que, durante el desempeño de su encargo, la Comisión de Inventario designado queda facultada para poder solicitar el apoyo técnico y logístico, que requiera de las áreas pertinentes de la Entidad, las que estarán obligadas de brindarlo bajo responsabilidad para el debido cumplimiento de la labor encomendada, asimismo la Especialista de Almacén y Control Patrimonial de la Unidad de Logística participará en el proceso de la Toma de Inventario como facilitadora, apoyando en la ubicación de los bienes.
Artículo 4°. - Remitir una copia de la presente Resolución a la Unidad de Logística y a la Unidad de Contabilidad.
Artículo 5°. - Disponer la publicación de la presente resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe).
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Jefaturales