Resolución de Consejo Directivo N.° 000012-2023-SINEACE/CDAH

Resolución de Consejo Directivo N.° 000012-2023-SINEACE/CDAH

2 de febrero de 2023

Articulo 1.- DECLARAR infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa contra el acto administrativo recaído en la Resolución de Consejo Directivo Nº 000086-2022-SINEACE-CDAH, del 24 de noviembre de 2022, que decidió no otorgar la acreditación al programa de estudios de Artes con Especialidad de Plásticas. En consecuencia, CONFIRMAR lo resuelto en la Resolución de Consejo Directivo Nº 000086-2022-SINEACE-CDAH.

Artículo 2.- DAR por agotada la vía administrativa, de conformidad con el artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.

Artículo 3.- NOTIFICAR la presente resolución a la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, conjuntamente con el Informe Técnico Nº 000001-2023-SINEACE/PDEA-GBM y el Informe Legal Nº 000041-2023-SINEACE/P-GG-OAJ.

Artículo 4.- EXHORTAR a la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, a no promocionar este y otros programas de estudios que no tengan la acreditación respectiva, como unos que mantengan acreditación vigente emitida por el Sineace; sujetándose su responsabilidad a lo regulado por la normativa pertinente. Asimismo, el uso no autorizado del imagotipo y la denominación Sineace o cualquiera de sus derivados se encuentra sujeto a lo regulado por la Decisión 486, Régimen Común sobre la Propiedad Industrial.

Artículo 5.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe).


Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Consejo Directivo

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