Resolución de Consejo Directivo N.° 000037-2022-SINEACE-CDAH

Resolución de Consejo Directivo N° 000037-2022-SINEACE-CDAH

1 de julio de 2022

Artículo 1.- No otorgar la acreditación al programa de estudios de Arquitectura de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa.

Artículo 2.- Exhortar a la Universidad Nacional San Agustín de Arequipa a tomar en cuenta todos los aspectos analizados en el Informe Técnico Nº 00002-2022- SINEACE/PE-DEA-RTG sobre el programa de estudios de Arquitectura, a fin de identificar oportunidades de mejora para considerar en la autoevaluación y en la nueva evaluación externa con fines de acreditación que corresponda.

Artículo 3.- Notificar la presente resolución a la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa conjuntamente con el Informe Técnico N° 000002-2022- SINEACE/P-DEA-RTG y el Informe N° 00037-2022-SINEACE/P-DEA, de 16 de junio de 2022.

Artículo 4.- Exhortar a la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a no promocionar este y otros programas de estudios que no tengan la acreditación respectiva, como unos que mantengan acreditación vigente emitida por el Sineace; sujetándose su responsabilidad a lo regulado por la normativa pertinente. Asimismo, el uso no autorizado del imagotipo y la denominación Sineace o cualquiera de sus derivados se encuentra sujeto a lo regulado por la Decisión 486, Régimen Común sobre la Propiedad Industrial. 



Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Consejo Directivo

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