Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales

Listado

30 de marzo de 2023

Según “La Detección del Cohecho Internacional – OCDE (2017)“, la detección del delito es el primer paso –y reto, a la vez– para la aplicación efectiva de la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales de la OCDE (en adelante, «Convenio Anticohecho OCDE»).
 
Sobre la base de estas experiencias positivas, plenamente conscientes del reto permanente que supone la detección de los delitos de cohecho internacional para las autoridades competentes, el Grupo de Trabajo sobre Cohecho (GTC) de la OCDE, se ha propuesto analizar cómo se llega a detectar o se puede mejorar la forma en que se detecta este tipo de delitos en los diferentes sectores objeto de estudio. 

El Perú forma parte desde 2018 de la Convención Anticohecho OCDE, la misma que busca garantizar que la lucha contra el soborno de funcionarios públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales sea efectiva, promoviendo, de esta manera, condiciones equitativas y limitar la competencia desleal, lo cual se ve reforzado con la supervisión de los países adheridos, así como de una exigente labor de seguimiento y evaluación de pares.
 
Al respecto, en el 2021, el Perú completó la Fase 2 de la evaluación por parte del Grupo de Trabajo sobre Cohecho de la OCDE sobre la aplicación de la referida Convención y, de la cual, emanó una serie de recomendaciones. Una de las cuales es la siguiente:
 
“(a) proporcionar información y capacitación, según corresponda, a sus funcionarios destacados en el extranjero sobre las leyes peruanas que implementan la Convención, de modo que dicho personal pueda proporcionar información básica a las empresas peruanas en países extranjeros y la asistencia adecuada cuando dichas empresas se enfrenten a solicitudes de soborno (Recomendación III de 2009 (i) (iv) y Anexo I.A)”.


Documentos

Vista preliminar de documento 1 CODIGO PENAL - Art. 397-A (Cohecho Activo Trasnacional)

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Vista preliminar de documento 2 Convención de la OCDE

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Vista preliminar de documento 3 Convencion de la OCDE y comentarios

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Vista preliminar de documento 4 Decreto Legislativo 1522

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Vista preliminar de documento 5 Ley N° 30424 y reglamento

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Vista preliminar de documento 6 Informe Fase 2 -Implementando la Convención Anticohecho de la OCDE

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Vista preliminar de documento 7 Informe Fase1-Aplicación de la Convención Anticohecho OCDE

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Vista preliminar de documento 8 RESPUESTA A LOS INFORMES DE EVALUACION AL PERU

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