Decreto Regional N.° 000002-2022-GR.LAMB/GR

11 de febrero de 2022

Incluir en la Directiva N° 007-2017-GR.LAMB, aprobada por Decreto Regional N° 031-2017-GR.LAMB/GR, un nuevo numeral y con la siguiente redacción: “6.3.17 El contenido del contrato debe incluir una cláusula que exprese la manifestación de ambas partes del rechazo total y absoluto a cualquier tipo de ofrecimiento, dádiva, forma de soborno nacional o transnacional, regalo, atención o presión indebida que pueda afectar el desarrollo normal y objetivo de los contratos". 

Documentos

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