Ordenanza N.° 0171-2012-GRA

17 de agosto de 2012

Prohibición de Invasiones

Prohíbase todo acto de invasión en predios urbanos y eriazos del Estado dentro de la jurisdicción del Departamento de Arequipa, así como sobre predios de propiedad del Gobierno Regional de Arequipa.

Entiéndase como invasión y por ende turbación de la posesión, a todo acto que sin autorización expresa de la autoridad competente, conlleve a la colocación de hitos, cercos perimétricos, instalación de  esteras, plásticos u otros materiales, o a la ocupación efectiva en predios de propiedad del Gobierno Regional o predios urbanos o eriazos del Estado dentro de la jurisdicción del Departamento de Arequipa.

Asimismo se encuentra prohibido todo acto de organización, promoción y dirección de invasiones; desconociéndose cualquier pago por concepto de cuotas de ingresos, elaboración de planos, movimientos de tierras, u otros similares, así como los actos de distribución de lotes urbanos de propiedad y/o bajo administración regional.

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