Resolución Jefatural N.° 270-2019-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGEO

26 de diciembre de 2019

PRECISAR que en el ítem 1.2.5. I.G.V (18%) del Acápite l. AUTORIZADO Y PAGADO del Anexo 21 de la Resolución Jefatura! Nº 340-2017-MINEDUNMGI-PRONIED-UGEO, debe considerarse adicionalmente al monto indicado, el I.G.V del adelanto directo que no amortizó el Supervisor, cuyo monto es de S/ 2,791.40 (Dos Mil Setecientos Noventa y Uno con 40/100 Soles).

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Jefaturales de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras (UGEO) 2019

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