PRODUCE modifica el Reglamento de la Ley General de Bodegueros

Nota de prensa
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15 de febrero de 2024 - 10:00 a. m.

El Ministerio de la Producción (PRODUCE) publicó el día de hoy la modificación del Reglamento de la Ley N° 30877, Ley General de Bodegueros, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2020-PRODUCE, con el objetivo de continuar impulsando la reactivación de las mypes, promoviendo su formalización y el desarrollo del comercio interno. 
 
A través del Decreto Supremo Nº 003-2024-PRODUCE, publicado en el diario oficial El Peruano, se facilita que las bodegas obtengan licencia provisional de funcionamiento de manera virtual, de manera automática, gratuita y por única vez, previa conformidad de la zonificación y compatibilidad de uso correspondiente.
 
Del mismo modo, el Decreto Supremo publicado hoy establece que los gobiernos locales podrán habilitar la tramitación electrónica del procedimiento administrativo para la obtención de la Licencia Provisional de Funcionamiento, a través de sus canales digitales. 
 
En esa línea, los gobiernos locales emiten la licencia provisional de funcionamiento, la que será notificada al bodeguero, en el plazo de cinco días hábiles, conforme lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley N° 31736, Ley que regula la notificación administrativa mediante casilla electrónica, según corresponda.
 
Desde PRODUCE reafirmamos nuestro compromiso de seguir trabajando en forma coordinada con los emprendedores bodegueros, a fin de adoptar las medidas que fomenten la continuidad y permanencia de sus negocios y la mejora de la oferta de bienes y servicios.