Resolución Ministerial N.° 413-2020-PRODUCE

14 de diciembre de 2020

Modificar el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 305-2004-PRODUCE (recurso langostino en el ambiente marino y canales de marea), el cual queda redactado con el siguiente texto: “Artículo 3.- Establecer el período comprendido entre el 01 de marzo hasta el 31 de diciembre como la nueva temporada de pesca , quedando prohibida su extracción desde las 00:00 horas del 01 de enero hasta las 24:00 horas del 28 o 29 de febrero de cada año, a fin de garantizar la conservación de este recurso.

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