Resolución de Consejo Directivo N.° 001-2021-PGE/CD

Resolución del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado

17 de junio de 2021

 DISPONER que la ejecución de las indemnizaciones económicas por concepto de daño material e inmaterial ordenadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el Caso Trabajadores Cesados de Petroperú y otros vs. Perú en su Sentencia de Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas, emitida el 23 de noviembre del 2017, son cumplidas de forma mancomunada y en partes iguales, conforme al siguiente detalle: 

i. Veinticinco (25) trabajadores cesados de la Empresa Nacional de Puertos S.A. (ENAPU S.A.): Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN), Presidencia del Consejo de Ministros, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Empresa Nacional de Puertos S.A., Tribunal Constitucional y Congreso de la República. 

ii. Ochenta y cinco (85) trabajadores cesados de Petróleos del Perú S.A. (PETROPERÚ S.A.): Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN), Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Presidencia del Consejo de Ministros, Petróleos del Perú S.A. y Poder Judicial. 

iii. Quince (15) trabajadores cesados del Ministerio de Economía y Finanzas: Ministerio de Economía y Finanzas y Tribunal Constitucional. 

iv. Treinta y nueve (39) trabajadores cesados del Ministerio de Educación: Ministerio de Educación, Tribunal Constitucional y Congreso de la República. 

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