Tribunal De Extinción De Domino Dispone Transferir Al Estado 18 Unidades Inmobiliarias Del Hotel Concorde

Nota de prensa
También el 89.92 % de las acciones y derechos que corresponden a cada una de ellas

15 de febrero de 2021 - 12:00 a. m.

La Sala de Apelaciones Transitoria Especializada en Extinción de Dominio de Lima confirmó la sentencia de primera instancia, la cual declaró fundada una demanda de extinción de dominio sobre 18 unidades inmobiliarias del Hotel Concorde y dispuso transferir el derecho de propiedad de estas al Estado.

Asimismo, ordenó conceder y transferir al fisco del 89.92 % de las acciones y derechos que corresponden a las citadas unidades que conforman el citado hotel, situado en la avenida Prolongación Ricardo Palma n° 120, distrito de Surquillo (Lima).

De esta forma, el colegiado confirmó la sentencia que en primera instancia emitió en octubre del año pasado el Juzgado Transitorio Especializado de Extinción de Dominio de Lima.

En uno de sus fundamentos, la sala estableció que “quedó acreditada la fuente ilícita (actos de conversión por lavado de activos) del dinero utilizado en la adquisición de las 18 unidades inmobiliarias del Hotel Concorde”.

Esta causal está prevista en el artículo 7, numeral 7.1, literal f) del Decreto Legislativo n° 1373 (que regula la figura de extinción de dominio).

El colegiado señala que el Hotel Concorde constituye un efecto del lavado de activos en la modalidad de conversión (dinero originado en el tráfico ilícito de drogas) cometido por el condenado Ment Floor Dijkhuizen Cáceres.

De acuerdo con la sentencia, el Hotel Concorde tuvo como único dueño hasta septiembre del 2018 a la empresa Negocios Generales Concorde SAC y el precio por el que esta empresa compró el hotel fue pagado íntegramente por Ment Floor Dijkhuizen Cáceres.

Sin embargo, esa fecha el inmueble fue adquirido por el empresario Fredy Pinto Pazos, quien, según la sala, pretendió encubrir la naturaleza ilícita del hotel, una de las razones por las cuales los recurso que presentó fueron desestimados por el tribunal.

Cabe indicar, que el tribunal que emitió esta sentencia la preside la jueza superior Clotilde Cavero Nalvarte y la integran la jueza María Luz Vásquez Vargas y el juez Henry Huerta Saénz.

Lima, 15 de febrero de 2021