ONPE: Rectores de 32 universidades públicas y privadas acudirán a las urnas el 21 de marzo

Nota de prensa
Elegirán representante ante Comisión Especial que designará miembros de la JNJ
ONPE: Rectores de 32 universidades públicas y privadas acudirán a las urnas el 21 de marzo

6 de marzo de 2024 - 11:47 a. m.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informa que los rectores de 22 universidades públicas y 10 privadas elegirán, el 21 de marzo, un  (1) representante titular y un (1) suplente, respectivamente, para integrar la Comisión Especial encargada del concurso de méritos para la elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia.
 
Según el artículo 5° del reglamento de estos comicios, aprobado con la Resolución Jefatural n.° 000061-2024-JN/ONPE, la calidad de elector es exclusiva de los rectores de las universidades participantes, y es indelegable.
 
También dispone que en ningún caso se admitirá la participación como elector a persona distinta a la que aparezca en el padrón elaborado conforme a la lista enviada por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria  (SUNEDU) a través de las Defensoría del Pueblo.
 
En el oficio que recibió el jefe de la ONPE, Piero Corvetto, de parte del Defensor del Pueblo, José Gutiérrez, en su condición de presidente de la Comisión Especial encargada del concurso de méritos para la elección de los miembros de la JNJ, se adjuntó la respuesta brindada por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), que contiene un listado con 32 universidades públicas y privadas con más de 50 años de antigüedad.
 
Según la SUNEDU, las universidades privadas licenciadas con la experiencia exigida son: Pontificia Universidad Católica del Perú, Universidad Peruana Cayetano Heredia, Universidad Católica de Santa María, Universidad del Pacífico, Universidad de Lima, Universidad de San Martín de Porres,  Universidad Femenina del Sagrado Corazón, Universidad de Piura, Universidad Ricardo Palma y la Facultad de Teología Pontificia y Civil de Lima.
 
A su vez, las casas de estudios superiores públicas con más de 50 años de creación son: Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, Universidad Nacional de Trujillo, Universidad Nacional San Agustín de Arequipa, Universidad Nacional de Ingeniería , Universidad Nacional Agraria La Molina y la Universidad Nacional San Luis Gonzaga.
 
También la Universidad Nacional del Centro del Perú, Universidad Nacional de la Amazonía Peruana,  Universidad Nacional del Altiplano, Universidad Nacional de Piura, Universidad Nacional de Cajamarca, Universidad Nacional Federico Villareal y la Universidad Nacional Agraria de la Selva. Asimismo, la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco, Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle, Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, Universidad Nacional del Callao, Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión, Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo y la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann.  
 
Según el reglamento de estas elecciones,  todos los rectores que figuran en el padrón tienen derecho a elegir y a ser elegidos; y para cada elección se conformará una sola mesa de sufragio integrada por tres miembros de titulares y tres suplentes. Los miembros de mesa serán servidores de la ONPE.
 
Igualmente, se dispone que la votación será por candidaturas individuales. El organismo electoral sortea, en acto público, la ubicación, en la cédula de votación, del nombre y apellidos de cada rector y de su universidad.
 
La elección de los rectores representantes de las universidades públicas y privadas se realiza en la misma fecha (21 de marzo), en acto público, en las instalaciones de la ONPE y se inician de manera simultánea. Para este acto se invitarán a los miembros designados de la Comisión Especial.
 
Votación requerida
 
También se establece que el acto electoral se iniciará a las 11:00 horas, para lo cual se requiere de más del 50% del número legal de rectores, de universidades públicas y de las privadas, respectivamente. De no contarse con este quórum, se realiza una segunda convocatoria a las 11:30 horas. En segunda llamada, la votación se realiza con el número de rectores presentes.
 
Para la elección del representante titular se requiere el voto conforme de la mayoría simple del número de rectores asistentes. En cada caso, el rector que obtuvo la segunda votación más alta tiene la condición de suplente.
 
Si en primera votación ninguno de los rectores alcanza la mayoría señalada o en caso de empate para cualquiera de los cargos en elección, se realizarán sucesivas rondas de votación entre los candidatos más votados, hasta que se obtenga el voto mayoritario en uno de los candidatos.