ONPE reglamenta espacios gratuitos para los Partidos Políticos
Nota de prensa20 de abril de 2004 - 12:00 a. m.
Para difundir propuestas y en cumplimiento a la Ley de Partidos Políticos Por primera vez en la historia del pais y como consecuencia de la promulgacion de la Ley N° 28094, Ley de Partidos Políticos, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobo el Reglamento de Asignacion de Espacios en Radio y Television estatales a los partidos políticos en periodo no electoral, a fin de que las organizaciones políticas difundan sus propuestas y planteamientos. La norma esta contenida en la Resolucion Jefatural N° 077-2004-J/ONPE, rubricada por el Jefe Nacional de la ONPE, Dr. Fernando Tuesta Soldevilla, y publicada este ultimo domingo en las Normas Legales de El Peruano. Como se recordara, el articulo 41? de la Ley de Partidos Políticos encarga a la ONPE- a traves de su Gerencia de Supervision de Fondos Partidarios- la asignacion mensual de los cinco minutos a cada partido político con representación en el Congreso y la faculta -a traves de su Segunda Disposicion Transitoria- a dictar las normas reglamentarias en las materias de su competencia. El Reglamento de Asignacion de Espacios en Radio y Television consta de 12 articulos y establece las normas necesarias para poner en practica el articulo 41? de la Ley de Partidos Políticos, que establece que los medios de comunicacion de propiedad del Estado estan obligados a otorgar mensualmente cinco minutos a cada partido político con representación en el Congreso para la difusion de sus propuestas y planteamientos. En primer termino, la norma establece que se entendera por espacio en radio y television a los cinco minutos mensuales que Radio Nacional y Television Nacional del Perú estan obligados a otorgar a cada uno de los partidos políticos con representación en el Congreso. Los espacios solo pueden ser utilizados en periodo no electoral, es decir, no se utilizaran durante los procesos electorales de ambito nacional a cargos de Elección popular. ORGANIZACIONES CON DERECHO A LOS ESPACIOS Tendran derecho al espacio en radio y television cada partido político o alianza de partidos debidamente inscrito en el Registro de Organizaciones Políticas que obtuvo representación ante el Congreso de la Republica en las ultimas Elecciones generales. Las alianzas de partidos que permanecen vigentes luego de las ultimas Elecciones y cuyos candidatos obtuvieron representación en el Congreso, se consideran como una organización politica unica para todos los fines y tendran derecho a un solo espacio mensual, independientemente del numero de partidos que la conformen. En el caso de la disolucion de una alianza de partidos que alcanzo representación parlamentaria, el Reglamento establece que solo podran hacer uso del espacio los partidos que, manteniendo la representación parlamentaria, hayan actualizado su registro de manera individual luego de la cancelacion de la inscripcion de la alianza disuelta. DIFUSION DE PROPUESTAS La norma precisa que los espacios son exclusivamente para la difusion de las propuestas y planteamientos, razon por la cual este derecho debe ser ejercido dentro del marco de la Ley y la Constitucion, por lo que se encuentra prohibido utilizar el espacio para propaganda politica, para agraviar a otras organizaciones políticas o instituciónes publicas o privadas, o agraviar el honor de personas individualmente consideradas. La difusion de las propuestas y planteamiento se realizaran a traves de videos o cintas de audio previamente grabadas por los partidos y no podran exceder los cinco minutos se?alados por ley. Para este efecto, los medios de comunicacion estatales comunicaran a la ONPE, dentro de los 15 dias de publicado el reglamento, los formatos y demas requerimientos tecnicos que deberan cumplir las organizaciones políticas en la presentación de sus grabaciones. ACREDITACION Para autorizar la difusion de sus propuestas y planteamientos, los partidos políticos y alianzas deberan registrar ante la ONPE a un