RESOLUCIÓN N° 066-2016-OEFA/TFA-SEE
Documento de Gestión
23 de setiembre de 2016
PRIMERO.- Declarar la NULIDAD de la Resolución Directoral N° 616-2016-OEFA/DFSAI del 29 de abril de 2016, en el extremo que determinó la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Pacific Stratus Energy del Perú S.A., por la comisión de la conducta infractora N° 8 del Cuadro N° 3 de la presente resolución, imponiendo la medida correctiva correspondiente. En consecuencia, se dispone retrotraer el presente procedimiento administrativo sancionador al momento en que el vicio se produjo; y DEVOLVER los actuados a la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos para que proceda de acuerdo con sus atribuciones, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
SEGUNDO.- DISPONER que, en aplicación del numeral 11.3 del artículo 11° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, se adopten las acciones necesarias a efectos de determinar la responsabilidad a que hubiere lugar, de ser el caso, por la declaración de nulidad a que se refiere el artículo primero de la presente resolución.
TERCERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 616-2016-OEFA/DFSAI del 29 de abril de 2016, en el extremo que determinó la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Pacific Stratus Energy del Perú S.A., en el extremo referido a las conductas infractoras N° 2, 4, 5 y 6 del Cuadro N° 3 la presente resolución, así como a la imposición de las medidas correctivas correspondientes; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.
SEGUNDO.- DISPONER que, en aplicación del numeral 11.3 del artículo 11° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, se adopten las acciones necesarias a efectos de determinar la responsabilidad a que hubiere lugar, de ser el caso, por la declaración de nulidad a que se refiere el artículo primero de la presente resolución.
TERCERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 616-2016-OEFA/DFSAI del 29 de abril de 2016, en el extremo que determinó la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Pacific Stratus Energy del Perú S.A., en el extremo referido a las conductas infractoras N° 2, 4, 5 y 6 del Cuadro N° 3 la presente resolución, así como a la imposición de las medidas correctivas correspondientes; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.
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